Economía
Reducción de jornada laboral: si su jefe no disminuye las horas de trabajo, esto es lo que debe hacer
El empleador que se niegue a reducir la jornada laboral puede enfrentar sanciones administrativas y posibles condenas judiciales.

15 de jul de 2025, 03:04 p. m.
Actualizado el 15 de jul de 2025, 03:05 p. m.
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Desde este 15 de julio entra en vigencia la nueva reducción de la jornada laboral en Colombia, que establece una semana de trabajo de 44 horas.
Con esta medida, han surgido varias dudas e inquietudes entre los trabajadores, respecto a la obligatoriedad de su cumplimiento y las posibles causas de no hacerlo y las afectaciones sobre el salario.

En respuesta a este últime interrogante, la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del CST, (Código Sustantivo de Trabajo), aclara que esta norma no puede ser desconocida ni admite estipulación contractual en contrario, de modo que los empleadores tienen la obligación de disminuir la jornada laboral semanal, so pena de exponerse a las sanciones previstas.
Sin embargo, esta misma Ley, también establece que el empleador es quien debe determinar cómo aplica la reducción de la jornada laboral en la empresa, dada la facultad que tiene para establecer las condiciones de tiempo, modo y lugar en que debe desarrollarse el trabajo.
No obstante, para que dicha medida no se convierta en una posible decisión arbitraria, la recomendación es que su aplicación sea acordada con los trabajadores, se encuentren sindicalizados o no. Así lo establece el artículo 161 del CST, que promueve, el mutuo acuerdo para la distribución de la jornada máxima semanal. “La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso”, aclara el artículo.
Ahora bien, si estos acuerdos no se cumplen, y el empleador no está dispuesto a reducir la jornada laboral, el trabajador puede denunciar dicho incumplimiento ante las oficinas de inspección del trabajo, lo que podría llevar a investigaciones sancionatorias a las empresas infractoras, por parte de las autoridades laborales.

El Ministerio de Trabajo explica que el empleador que se niegue a reducir la jornada laboral puede enfrentar sanciones administrativas y posibles condenas judiciales.
Y es que el incumplimiento de de esta norma podría constituir una causa justa para que el trabajador, de manera unilateral, ponga fin al contrato de trabajo (denominado despido indirecto o renuncia motivada) y exija el pago de las correspondientes indemnizaciones ante la jurisdicción laboral, de acuerdo con la parte “B” del numeral 6 del artículo 62 del CST.
Ariadna María Orozco, reportera de El País. Comunicadora social y periodista con experiencia en medios escritos, televisivos, radiales y digitales. Ha participado en la cobertura de eventos deportivos de relevancia nacional y en programas especiales para noticieros regionales, especialmente en el Valle del Cauca.