Colombia
La canción +57 vulneró la dignidad humana de niñas, niños y adolescentes, declaró el Consejo de Estado
La entidad confirmó que los artistas y las personas que difundieron la pieza musical terminaron vulnerando los derechos de los menores de edad.

Wendy Yoana Mambuscay Giraldo
8 de abr de 2025, 01:38 p. m.
Actualizado el 8 de abr de 2025, 04:28 p. m.
Mediante la Sección Segunda, el Consejo de Estado resolvió una tutela que interpusieron varios ciudadanos por la polémica canción, titulada +57, en la cual participaron Karol G, J Balvin, Maluma, Blessd, Feid, Ryan Castro y Ovy On The Drums.
El pliego de peticiones que buscaba que se eliminara la canción, y resaltaba que la letra de la misma afectaba los derechos de niñas, niños y adolescente. Por lo tanto, la querella buscaba que los artistas brindarán “excusas públicas por lo los daños causados, debido al contenido audiovisual de la canción +57, así como también se comprometan los acá accionados a generar contenido que contribuya con los valores y los presupuestos fracturados”, se lee en la acción de derecho.

No obstante, el máximo juez de la administración pública negó la tutela, pero sí consideró que la colaboración musical afectó los derechos de niñas, niños y adolescentes y le solicitó a los cantantes que “eviten difundir o publicar composiciones musicales, que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes”, declaró la entidad.
De acuerdo con los accionantes, frases como una “mamacita, desde los fourteen”, expone a los menores de edad a un contexto de sexualización, lo cual fomenta el aumento de la violencia y la misoginia, conductas atroces, de las cuales han sido víctimas las mujeres, alega la demanda.
Si bien es cierto que los compositores cambiaron este fragmento de la canción por: “mamasita desde los eighteen”, eliminando la referencia a una menor de edad, lo cual verificó la administración pública, resaltó que la versión original, disponible por varios días en plataformas de música, si generó un impacto y por ende, perjudicó los derechos de los adolescentes.
“La sexualización temprana cosifica a los menores, los reduce a objetos de deseo y los expone a riesgos que, pueden afectar gravemente su desarrollo. Este tipo de actos contraviene el principio del interés superior del menor, que exige que, todas las decisiones y actuaciones que les conciernen se adopten teniendo en cuenta su bienestar y protección integral”, sustentó el fallo judicial.

Conforme al proceso judicial, el respaldo normativo de sus afirmaciones se basó en “conformidad con el marco legal sobre protección a los NNA, que comprende las normas del artículo 44 y permiten la organización de las instituciones estatales en favor de la infancia y la adolescencia, y en ejercicio de la función de pedagogía constitucional que permite adoptar medidas que prevengan una violación futura a la dignidad de los menores”, puntualizó el Consejo de Estado.
Wendy Yoana Mambuscay Giraldo
Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.
Regístrate gratis al boletín de noticias El País
Te puede gustar