Economía
¿Sin herederos? Detalles de lo que sucederá con la pensión de un fallecido con la nueva reforma en Colombia
La entrada en rigor de la reforma pensional será a partir del 1 de julio de este año.

24 de may de 2025, 11:16 p. m.
Actualizado el 24 de may de 2025, 11:16 p. m.
Según lo establecido por la Ley 2381 de 2024, el nuevo sistema de protección para la vejez en Colombia empezará a funcionar en poco más de un mes, trayendo consigo grandes cambios. Uno de estos tiene que ver con las pensiones de los fallecidos que no hayan dejado beneficiarios o herederos reconocidos.
La reforma impulsada por el gobierno de Gustavo Petro contempla un nuevo modelo pensional compuesto por varios pilares, entre los que se destaca el Componente Complementario de Ahorro Individual (CCAI), que corresponde al ahorro que realiza cada trabajador sobre una base salarial que supere los 2,3 salarios mínimos legales vigentes, siendo administrado por Colpensiones.

En caso de que un afiliado a este sistema de ahorros fallezca sin haber dejado beneficiarios de pensión sobrevivientes (parejas, hijos, padres u otros familiares hasta el cuarto grado), el artículo 81 de la Ley 2381 establece que los recursos que se hayan acumulado durante este periodo no se entregarán a terceros ni se perderán en el sistema.
En estos casos, en los que hay ausencia de herederos o beneficiarios legales, dichos recursos serán transferidos al Fondo de Solidaridad Pensional, una cuenta administrada por el Gobierno Nacional que tiene como propósito financiar beneficios económicos para la población en condiciones de pobreza extrema, especialmente adultos mayores que no alcanzan a cumplir con los requisitos para obtener una pensión convencional.
Por medio de este método se busca fortalecer los pilares solidarios del nuevo sistema pensional, a la vez que se garantiza cobertura a integrantes de poblaciones que han sido históricamente excluidas del acceso a la pensión, debido al tipo de labores que han desempeñado en su vida y a la falta de seguridad social que han traído consigo.
En caso de que los recursos ahorrados por una persona no cuenten con alguien dentro de la familia como beneficiario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos antes de darse la transferencia al Fondo de Solidaridad Pensional:
- Fallecimiento del afiliado titular de la cuenta individual de ahorro en el CCAI.
- Ausencia de beneficiarios reconocidos legalmente.
- Inexistencia de herederos hasta el cuarto grado de consanguinidad.
- No haber interpuesto solicitudes de reconocimiento de pensión de sobrevivencia o de sucesión de los fondos.
- Colpensiones, en coordinación con el Ministerio del Trabajo, será la entidad encargada de verificar estas condiciones y gestionar el traslado de recursos al fondo solidario correspondiente.
Si tras un periodo determinado después de la muerte del titular del ahorro nadie se ha acercado a certificar su derecho al beneficio, tales recursos serán declarados disponibles para su traslado al Fondo.
Cabe agregar que este nuevo modelo de distribución aplicará únicamente a los recursos provenientes del Componente Complementario de Ahorro Individual.
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