Colombia
¿Le suben el arriendo en noviembre 2025? Conozca cuánto deberá pagar ahora
El aumento aplica únicamente a los contratos que cumplen un año o más sin ajuste previo, y no cubre inmuebles comerciales.
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5 de nov de 2025, 04:45 p. m.
Actualizado el 5 de nov de 2025, 04:45 p. m.
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En el país, millones de personas que viven pagando arriendo deben estar atentos cada año al aumento que los arrendadores hacen en la tarifa mensual, un incremento regulado por la Ley 820 de 2003, que señala que no puede superar el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior y solo son procedentes cuando han pasado 12 meses o más desde la firma del contrato de arrendamiento.
Por lo tanto, para el mes de noviembre de 2025, solo deberán pagar el aumento aquellas personas cuyo contrato se realizó en noviembre de 2024 o en una fecha anterior sin haber tenido un ajuste en ese lapso.

Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) reportó que IPC para el año 2024 fue de 5,2 %, cifra que marca el tope legal que los propietarios pueden aplicar para subir el arriendo en los contratos regulados.
En caso de que el arrendador establezca un canon por encima del porcentaje designado, el arrendatario tiene derecho a solicitar la revisión del contrato.
Es importante destacar que este aumento no aplica en todos los contratos como los comerciales, bodegas, oficinas u otro tipo de arrendamientos que no estén regulados por la Ley 820 de 2003.
Procedimiento para calcular el aumento
Las personas que desean hacer la operación de cómo calcular el arriendo y conocer cuál el valor del aumento en su canon, debe hacer la siguiente fórmula:
- Nuevo canon = canon actual × (1 + IPC)
- Donde el IPC se expresa como porcentaje. En este caso, 5,2% equivale a 0,052.
Por ejemplo, si actualmente el canon mensual de arriendo es de 1.000.000, al aplicarse un aumento del 5,2 % (0,052) el incremento sería de 52.000 para un total en el valor del canon de 1.052.000.

Este dato es importante que la ciudadanía lo tenga presente partiendo del hecho de que en 2024, el 48,9% de los hogares vivía en arriendo, mientras que solo el 34,5% son propietarios, sobre un total de 1,6 millones de hogares, según la encuesta de Calidad de Vida del Dane.
En cuanto al valor de la administración para las personas que residen en conjuntos residenciales, su ajuste no está regulado por la Ley 820, por lo que depende de lo que decida la asamblea de propietarios.
Las familias arrendatarias deben revisar su contrato, confirmar la fecha de inicio y calcular el aumento, que en su mayoría es moderado, pero implica un impacto económico en los hogares y, por tanto, debe contemplarse con antelación.
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