Colombia
Estudiantes en Colombia no podrán graduarse sin completar esta materia escolar obligatoria
Cada vez, las autoridades de educación ponen requisitos adicionales para que sus estudiantes se gradúen del bachillerato.
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4 de nov de 2025, 04:26 p. m.
Actualizado el 4 de nov de 2025, 04:26 p. m.
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La educación de Colombia tiene una norma que se encarga de definir los lineamientos que deben seguir los colegios, estudiantes y padres de familia: la Ley 115 de 1994, también conocida como la Ley General de Educación.
Esta normativa tiene como objetivo que los jóvenes menores de edad en todo el territorio nacional tengan un buen proceso formativo para su futuro como ciudadanos colombianos, basándose en sus derechos y deberes.
Además de las obligaciones que deben acatar los estudiantes, las instituciones educativas escolares también deben cumplir con lo establecido en la ley, entre ellos “los objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de secundaria”.

Lo anterior significa que los grados octavo, noveno, décimo y once deben cumplir dichos objetivos sobre el “desarrollo de la capacidad para comprender textos y expresar correctamente mensajes complejos, orales y escritos en la lengua castellana”.
La nueva materia escolar obligatoria
En ese sentido, pese a que se dan parámetros para enseñar en profundidad el idioma español, la Ley enfatiza que los estudiantes de esos últimos cuatro grados del ciclo académico escolar deben aprender una segunda lengua. Así lo enfatiza el literal I.
Por su parte, la Ley 1651 de 2013 dice que se debe llevar a cabo “el desarrollo de habilidades de conversación, lectura y escritura, al menos en una lengua extranjera”.
Aunque desde hace varios años la gran mayoría de colegios en Colombia dictan la asignatura del idioma inglés como principal lengua extranjera entre sus planes académicos, hoy en día algunas instituciones han optado por enseñar hasta dos lenguas. Lo anterior se da teniendo en cuenta que muchos jóvenes salen del bachillerato sin buenas habilidades en la lengua inglesa.

Un claro ejemplo es que como segundo idioma extranjero en distintos colegios colombianos ha sido seleccionado el francés, el italiano, el portugués o el alemán.
“Las instituciones de educación para el trabajo y desarrollo humano que decidan ofrecer programas de idiomas deberán obtener la certificación en gestión de calidad, de la institución y del programa a ofertar, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos en las normas jurídicas vigentes para el desarrollo de programas en este nivel de formación”, se lee en el artículo 6 de la Ley 1651 de 2013.
Así las cosas, en la actualidad los colegios colombianos, tanto públicos como privados, están en la obligación de incluir entre sus planes estudios la enseñanza de, por lo menos, un segundo idioma.
Comunicador social, periodista, y especialista en Escritura Creativa en Nuevos Medios de la Universidad Autónoma de Occidente. Periodista web de El País desde el 2023. Experiencia en periodismo escrito con énfasis en política y conflicto armado, en fotografía y edición de productos sonoros.
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