Colombia
Cuidado motociclistas, agentes de tránsito pueden multarlos por esta práctica común en la vía
El Código Nacional de Tránsito es claro sobre las amonestaciones que reciben los conductores.
Siga a EL PAÍS en Google Discover y no se pierda las últimas noticias

5 de nov de 2025, 09:50 p. m.
Actualizado el 5 de nov de 2025, 09:50 p. m.
Noticias Destacadas
El Código Nacional de Tránsito contiene la ley que rige a todos los conductores en Colombia. En dicho código se detallan también las multas, así como las normas y sanciones para quienes infringen las reglas de tránsito.
Las multas se basan en el tipo de infracción, y están calculadas en salarios mínimos legales diarios vigentes.
Sobre las multas, en el Código Nacional de Tránsito, figura el Artículo 131, el cual detalla las multas por diversas infracciones, las cuales pueden ir desde cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes para las infracciones menores hasta aquellos montos mayores para faltas que son consideradas como más graves.
Ahora bien, además de las multas económicas, el código también establece otros tipos de sanciones como la amonestación, la suspensión o la retención de la licencia, así como la suspensión o cancelación de permisos.
Cada sanción económica se liquida en salarios mínimos legales diarios vigentes, y la cuantía dependerá de la gravedad de la infracción.

Dentro de las obligaciones, los conductores deberán cumplir con el uso del cinturón de seguridad, la prohibición de utilizar el celular al conducir, y el respeto por los límites de velocidad.
Ahora bien, quienes no están de acuerdo con una multa, según el código, pueden presentar una apelación y pedir una audiencia pública para resolver el caso.
Comportamientos penalizados
El Código Nacional de Tránsito de Colombia penaliza varios comportamientos, los cuales están categorizados desde infracciones leves (A) hasta muy graves (F).
Las sanciones incluyen multas, inmovilización del vehículo, y suspensión o cancelación de la licencia de conducción.
Dentro de la Categoría A (Infracciones leves) se encuentra el no transitar por la derecha de la vía, agarrarse de otro vehículo en movimiento, o conducir por andenes, aceras, puentes o por lugares de uso exclusivo para peatones.
En la Categoría B (Infracciones menos graves), se encuentra el conducir un vehículo sin portar la licencia de conducción, estacionar en un sitio prohibido, no portar el equipo de carretera completo, o conducir con las llantas en mal estado.
La Categoría C reúne a las infracciones graves como no detenerse ante la luz del semáforo o ante la señal de Pare; conducir a alta velocidad o no realizar la técnico-mecánica.
La D que son las infracciones muy graves, se refiere a conducir en estado de embriaguez, o no permitir el paso de ambulancias, bomberos, policía.

Que no lo tomen por sorpresa
Una de las infracciones considerada como grave, la cual es muy frecuente entre los conductores, es utilizar sistemas móviles de comunicación o teléfonos en el momento de estar al volante.
Para evitar una multa, muchos conductores han optado por usar trípodes o ganchos para poder sostener el teléfono y no utilizar las manos.
Pero lo que no saben es que esto en realidad no evita la sanción, ya que de todas formas el conductor está haciendo uso del móvil y pierde la atención en la vía.
La mayoría de motociclistas manipulan los celulares, ya sea por medio de las aplicaciones con las que están trabajando o utilizando el GPS.
Lo que deben conocer los conductores es que el Código Nacional de Tránsito sanciona el uso del teléfono celular con una multa de hasta 15 salarios mínimos legales vigentes, la cual asciende a $711.750 .
Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.
6024455000







