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Economía

Dian cerró 21 establecimientos en Bogotá por incumplir con la factura electrónica

Con el objetivo de asegurar el cumplimiento de las normativas fiscales, la entidad llevó a cabo operativos de verificación en la capital.

1 de abril de 2025 Por: Redacción El País
Cierre establecimientos
La Dian cerró establecimiento por no brindar la factura electrónica. | Foto: El país

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha realizado medidas de cierre a 21 establecimientos comerciales en Bogotá, como parte de un proceso de verificación de cumplimiento en cuanto a la normativa de expedir facturación electrónica.

De estas 21 diligencias, ocho se llevaron a cabo entre el 25 y el 28 de marzo, en la que, según información suministrada por la entidad, destaca el cierre de un reconocido establecimiento de alimentos en un centro comercial del occidente de la ciudad.

El cierre de estos establecimientos se da bajo un procedimiento administrativo establecido.

Pues la Dian se asegura de que los comerciantes cumplan con la legislación vigente relacionada con la facturación electrónica, un requisito fundamental para las transacciones comerciales legales y transparentes.

Dian cierra establecimiento en Centro Comercial Santafé.
Dian cierra establecimiento en Centro Comercial Santafé. Foto suministrada por la Dian. | Foto: El País

Según la entidad, estas diligencias son una muestra del compromiso con la lucha contra la evasión fiscal, buscando garantizar que todas las operaciones comerciales sean documentadas de manera adecuada y en tiempo real.

Importancia de la factura electrónica

La factura electrónica, que reemplaza la tradicional factura en papel, es una de las herramientas clave en la modernización del sistema tributario.

De acuerdo con la Dian, este documento tiene la misma validez legal que su versión impresa, pero con las ventajas adicionales de ser emitido, validado, recibido, rechazado y almacenado de forma digital.

Esta modalidad no solo facilita la gestión fiscal de las empresas, sino que también mejora la eficiencia en la detección de inconsistencias y en la prevención de fraudes tributarios.

El uso de la factura electrónica se ha convertido en una obligación para todas las personas jurídicas que venden bienes o prestan servicios, así como para las personas naturales cuyos ingresos anuales superen los 130 millones de pesos (3.500 UVT).

Además, aquellos negocios que facturen más de 10 millones de pesos mensuales, así como ciertos sectores específicos como los responsables del impuesto al consumo y los usuarios aduaneros, también deben cumplir con esta normativa.

Es importante aclarar que el incumplimiento de la obligación de expedir factura electrónica trae consigo sanciones severas.

Pues el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021 estipula dos tipos de sanciones: la económica y la administrativa.

La sanción económica implica una multa equivalente al 1% de las transacciones realizadas sin el debido cumplimiento de la normativa.

Y por su parte, la sanción administrativa más grave es el cierre del establecimiento, oficina o consultorio, tal como lo señala el Decreto Ley 624 de 1989 (Estatuto Tributario), que establece que aquellos responsables que no expidan factura electrónica podrán ser objeto de una clausura temporal del lugar de la actividad comercial.

Cabe destacar que el período de cierre puede variar dependiendo de la gravedad de la infracción, oscilando entre tres y treinta días.

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