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Corte Constitucional frena aplicación de norma que podría reducir los ingresos de las EPS para la atención en salud

La Corte adoptó medidas cautelares, mientras el Consejo de Estado emite una decisión definitiva

17 de mayo de 2024 Por: Redacción El País
La Corte documentó arios crímenes en contra de los firmantes del Acuerdo de Paz.
La Corte se pronunció sobre pago de la UPC a las EPS. | Foto: Colprensa

La Corte Constitucional adoptó medidas cautelares sobre la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que es el dinero que el Gobierno le paga a las EPS por la atención de cada colombiano.

La Corte encontró que la destinación del 5% para la operación de equipos básicos en salud, ordenada en los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023, puede representar una diminución en el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y dar lugar a que las EPS cuenten con menos recursos disponibles para garantizar la prestación de la misma cantidad de servicios y tecnologías en salud cubiertos por el Plan de Beneficios en Salud (PBS) y la Unidad de Pago por Capitación (UPC) en ambos regímenes.

Según la información que dio a conocer la Corte, lo anterior, en atención a que, con la UPC, las EPS deben financiar la mayor parte de los servicios y tecnologías en salud cubiertos por el Plan de Beneficios en Salud y “ese propósito se puede ver afectado si se efectúan destinaciones de cualquier porcentaje para financiar servicios específicos, pues aquellas generan un desequilibrio financiero para el sistema, tal como se estableció en las sentencias C-978 y C-979 de 2010″.

Pacientes del Hospital Mario Correa Rengifo en los Chorros tienen que ser trasladados a otros centros de Salud, debido a una falla en el suministro de energía que los imposibilita prestar sus servicios médicos
Muchos usuarios de los servicios de salud se quejan del sistema por no ofrecer una atención oportuna. | Foto: Aymer Álvarez Jr

Por esta razón, la Sala decretó como medida cautelar, la inaplicación de los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023 y 10 de la Resolución 2366 de 2023 hasta tanto el Consejo de Estado adopte una decisión de fondo sobre su legalidad y constitucionalidad. En el mismo sentido, se ordenó la inaplicación del artículo 10 de la Resolución 2366 de 2023, que estableció la competencia para que el Ministerio de Salud sustraiga un porcentaje de la UPC para la operación de los equipos básicos de salud.

El magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó voto en esta decisión.

Ana María Vesga, presidenta de Acemi, dijo que “Habíamos advertido que la destinación del 5% de la UPC a la operación de equipos de salud ponía en riesgo el financiamiento de las demás atenciones del sistema”.

Agregó que la correcta financiación del sistema debe ser el punto número uno en la agenda de los actores.

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