Colombia
Conductores no podrán ser multados por falta de SOAT ni licencia, en estos casos
A pesar de ser una de las multas más caras, estos conductores se salvan de las amonestaciones.

7 de oct de 2025, 11:53 p. m.
Actualizado el 7 de oct de 2025, 11:55 p. m.
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Un total de $1.207.800 es lo que tendrán que pagar los conductores de carros y motos que no cuenten con la licencia de conducción o que no tengan el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, Soat, así lo establece el Código Nacional de Tránsito.
La sanción económica por no contar con la licencia puede variar. Si la persona que conduce no tiene consigo o no se encuentra en vigencia la licencia, la multa será de $322.070.
Si el documento es falso, en ese caso deberá cumplir con una sanción de $603.939.
Ahora bien, si nunca ha llegado a realizar el trámite del documento, entonces en ese caso deberá pagar la suma de más de $1′200.000.
Sobre el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, que cubre los gastos médicos, la incapacidad permanente, así como la muerte y los gastos funerarios de cualquier persona, sea conductor, pasajero o peatón, que sufra un accidente o que fallezca dentro del mismo, debe tener presente que este es un documento obligatorio en Colombia.
Y que el transitar con el Soat vencido, se expone a una multa equivalente a 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, así como a la inmovilización del vehículo.

Prohíben multa por licencia de conducción y por Soat
Un nutrido grupo de conductores en el país quedó libre del Soat y de la licencia gracias a la sanción de la ley 2486 de 2025.
Dicha ley regula y promueve el uso de vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, como bicicletas y patinetas eléctricas.
La norma establece la edad mínima de 16 años para su conducción, prohíbe su circulación en aceras y andenes, y exige el uso de casco y elementos reflectivos nocturnos.
Esta ley se aplica a bicicletas, monopatines y patinetas eléctricas, con el objetivo de promover alternativas de movilidad sostenible.
Eso sí exige el uso del casco obligatorio, el uso de luces blancas adelante y rojas atrás durante la noche, así como el uso de elementos reflectivos también para la noche.

En caso de llegar a incumplirse con estas normas, esto podría llevar a la inmovilización del vehículo y la multa es equivalente a seis salarios mínimos legales diarios vigentes.
Pero lo que no podrán los Agentes de Tránsito es exigirles a estos conductores presentar el Soat, la licencia de conducción o contar con la matrícula para movilizarse por las vías del país.
Estos vehículos deben circular por la ciclorutas y si hay ausencia de las mismas entonces podrán transitar por el carril derecho de la vía, eso si no pueden circular por aceras y andenes
Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.