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Frenan debate de la reforma pensional; estudian recusación contra magistrado Carvajal
En medio de la controversia se asegura que el jurista carece de imparcialidad para decidir sobre el caso, pues antes de posesionarse como magistrado suscribió contratos con Colpensiones.

15 de oct de 2025, 03:57 a. m.
Actualizado el 15 de oct de 2025, 04:00 a. m.
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La Corte Constitucional aplazó este martes la decisión de fondo sobre la constitucionalidad de la reforma pensional del Gobierno, al encontrar pertinente una recusación presentada contra el magistrado Héctor Alfonso Carvajal, cuyo estudio y resolución será prioritario antes de analizar la legalidad de la ley.
La Sala Plena del alto tribunal no alcanzó a debatir la ponencia que definía si la Ley 2381 de 2024, que contiene la reforma, cumplió con el trámite exigido en el Congreso de la República, pues dedicó la sesión a evaluar la solicitud para apartar del proceso al magistrado Carvajal. En consecuencia, la corporación abrió un trámite incidental que será resuelto en las próximas salas, dejando en suspenso el futuro de una de las iniciativas clave de la actual administración.
La controversia que frenó el debate se centra en dos recusaciones que buscan apartar al magistrado Héctor Carvajal, quien fue ternado por el presidente, Gustavo Petro, y se desempeñó como su abogado personal. La primera solicitud la radicó el concejal Daniel Briceño y la segunda, la senadora del Centro Democrático Paloma Valencia, demandante de la reforma.

Ambos argumentan que Carvajal carece de imparcialidad para decidir sobre este caso, pues antes de posesionarse como magistrado suscribió contratos de prestación de servicios con Colpensiones durante 2024 y 2025. Según la documentación aportada por Valencia, en ejecución de esos contratos, Carvajal elaboró conceptos jurídicos relacionados directamente con la reforma pensional.
Un informe de supervisión del contrato 070 de 2024, firmado por el jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Legales de Colpensiones, detalló que el entonces contratista formuló conceptos sobre cómo responder a la demanda de inconstitucionalidad que ahora está en su despacho.
Un segundo contrato, el 005 de 2025, también implicó un análisis de constitucionalidad sobre un artículo de la misma ley. Para la senadora, esta situación se enmarca en la causal de “haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada”, lo que compromete su objetividad.
El futuro de la reforma
El control que ejerce la Corte Constitucional no se centra en la conveniencia del nuevo modelo pensional, sino estrictamente en el cumplimiento de las normas y procedimientos durante su aprobación en el Congreso. Una vez se resuelva la situación del magistrado Carvajal, la Sala Plena enfrentará tres posibles escenarios.

El primero es una declaración de constitucionalidad, con lo cual la reforma sería declarada exequible y podría implementarse. La segunda opción es la inexequibilidad total si la Corte concluye que existió un vicio grave e insubsanable, lo que anularía la ley y mantendría vigente el sistema pensional actual. Finalmente, el tribunal podría optar por una inexequibilidad parcial o diferida, anulando solo algunos artículos o concediendo un nuevo plazo al Congreso para corregir los errores.
Mientras la Corte resuelve los trámites internos, las centrales obreras anunciaron que mantendrán la convocatoria a un plantón en las afueras del Palacio de Justicia para acompañar la jornada en la que finalmente se tome una decisión sobre la reforma.