Economía

Reducción de la jornada laboral en Colombia: estos son los beneficios que no estarán incluidos

El Ministerio del Trabajo explico por qué dichos beneficios tampoco son remunerados.

Reducción de la jornada laboral en Colombia elimina dos beneficios clave: ‘No se incluyen en el horario’.
Reducción de la jornada laboral en Colombia elimina dos beneficios clave: ‘No se incluyen en el horario’. | Foto: Agencia 123rf

14 de oct de 2025, 06:25 p. m.

Actualizado el 14 de oct de 2025, 07:23 p. m.

Con la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, conocida como la Reforma Laboral, el panorama para los empleados en Colombia cambió de manera significativa. Desde el 1 de julio, los trabajadores formales comenzaron a experimentar una serie de ajustes que se aplican de forma gradual y que buscan fortalecer la estabilidad y las condiciones de empleo en el país.

La reforma introduce transformaciones en aspectos como la reducción de la jornada laboral, la formalización del trabajo doméstico y de vigilancia, los recargos dominicales y festivos, y la regulación del contrato de aprendizaje.

Sin embargo, algunas disposiciones han generado interrogantes entre empleados y empleadores, especialmente en lo relacionado con el tiempo de almuerzo y los desplazamientos hacia el lugar de trabajo.

El Ministerio del Trabajo aclaró las dudas relacionadas con el tiempo de desplazamiento de los trabajadores hasta su sitio de trabajo y establece que este no se encuentra establecido dentro de la jornada laboral, así el transporte sea proporcionado por la empresa.
El Ministerio del Trabajo aclaró las dudas relacionadas con el tiempo de desplazamiento de los trabajadores hasta su sitio de trabajo y establece que este no se encuentra establecido dentro de la jornada laboral, así el transporte sea proporcionado por la empresa. | Foto: Agencia 123rf

Ante estas dudas, el Ministerio del Trabajo emitió una aclaración sobre qué tiempos se consideran parte de la jornada laboral y cuáles no. Según informó la entidad, la jornada efectiva comienza cuando el trabajador está disponible para realizar sus labores dentro del horario fijado por la empresa, y concluye cuando termina su turno.

¿La hora del almuerzo es remunerada?

De acuerdo con el artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo, las horas de trabajo deben distribuirse en dos secciones, con un intermedio de descanso que no se computa dentro de la jornada. Esto significa que la hora de almuerzo no forma parte del tiempo laboral, por lo que no genera pago adicional.

Asimismo, el Ministerio explicó que este descanso aplica únicamente para las jornadas completas y puede disfrutarse dentro o fuera del lugar de trabajo. Ya que se trata, de un espacio destinado a que el empleado se alimente o descanse antes de continuar con sus labores.

¿El tiempo que toma un empleado en dirigirse a su trabajo, hace parte de la jornada laboral?

Otro de los puntos que generó confusión tiene que ver con el tiempo de desplazamiento desde la residencia del trabajador hasta el sitio donde cumple sus funciones.

La hora del almuerzo no hace parte de la jornada laboral, es decir, no se contabiliza para efecto de pago, por lo que no es un tipo de ‘descanso remunerado’.
La hora del almuerzo no hace parte de la jornada laboral, es decir, no se contabiliza para efecto de pago, por lo que no es un tipo de ‘descanso remunerado’. | Foto: Agencia 123rf

Al respecto, el Ministerio precisó que ese lapso no se incluye dentro de la jornada, incluso si la empresa facilita el transporte, “En cuanto al tiempo de duración del desplazamiento del trabajador desde su residencia al sitio de trabajo, no podría decirse que esto haga parte de la jornada laboral, independientemente de las dificultades que deba superar para llegar a su lugar de trabajo”, indicó la entidad en su comunicado oficial.

Por esa razón, los traslados hacia el lugar de trabajo, ya sea habitual o eventual, no deben remunerarse ni con salario ordinario ni con recargos u horas extras, pues estos pagos solo proceden cuando hay una prestación efectiva del servicio.

Ariadna María Orozco, reportera de El País. Comunicadora social y periodista con experiencia en medios escritos, televisivos, radiales y digitales. Ha participado en la cobertura de eventos deportivos de relevancia nacional y en programas especiales para noticieros regionales, especialmente en el Valle del Cauca.

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