Economía
Pensión mínima de Colpensiones: este es el valor de la mesada para 2025; haga cuentas
Los ingresos mensuales por vejez no pueden estar por debajo del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.

16 de jul de 2025, 10:05 p. m.
Actualizado el 16 de jul de 2025, 11:30 p. m.
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La reforma pensional en Colombia, oficializada con la Ley 2381 de 2024, empezó a regir el 1 de julio del 2025, con el propósito de establecer un Sistema de Protección Social Integral para la Vejez que garantice mayor cobertura y equidad en el acceso a la seguridad social. Su estructura consta de cuatro pilares y un enfoque de género, con beneficios especiales para las mujeres.
De acuerdo con lo establecido por la ley, en Colombia, los ingresos mensuales por vejez no pueden estar por debajo del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente(SMLMV) y sus ajustes anuales.

Frente a este tema, Colpensiones, entidad del Estado encargada de administrar los fondos de las personas que se encuentran afiliadas al Régimen de Prima Media. Ha oficializado, que la pensión mínima para este año será de $1.423.500, monto equivalente al Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV) el cual refleja un incremento anual del 9,54 % con respecto al 2024.
¿Quiénes reciben la pensión mínima?
Este monto mínimo beneficia a todos los pensionados que cumplan con los requisitos de edad y semanas cotizadas, cuyos ingresos de cotización no alcancen un salario mínimo. Para 2025, aplica a:
- Hombres de 62 años o más.
- Mujeres de 57 años o más.
- Ambos deben contar con un mínimo de 1.300 semanas cotizadas
¿Cuáles y de que constan los 4 pilares que implementa esta nueva reforma?
Con la entrada en vigencia de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024, desde el 1 de julio de 2025), se implementan los siguientes pilares:
- Pilar Solidario: Garantiza una renta básica solidaria para personas en condiciones de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. Incluye a pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros.
- Pilar Semicontributivo: Brinda apoyo a quienes cotizaron parcialmente, permitiéndoles acceder a una renta mensual proporcional a sus aportes.
- Pilar Contributivo: Se redistribuyen los aportes entre Colpensiones (hasta 2.3 SMMLV) y la ACCAI (para valores superiores a 2.3 SMMLV), garantizando sostenibilidad del sistema.
- Pilar de Ahorro Voluntario: Permite a los trabajadores realizar ahorros adicionales para complementar su pensión futura.

¿Cómo se distribuyen estos aportes?
Los trabajadores con ingresos hasta 2.3 SMMLV cotizarán en Colpensiones, mientras que los ingresos superiores a este monto se destinarán a la ACCAI (Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual).
Así funciona en la práctica:
-Si un trabajador gana 2.3 SMMLV (equivalente a $3.274.050), el 16% de su salario cotizado irá completamente a Colpensiones.
-Si un trabajador gana 4 SMMLV ($5.696.000), su cotización del 16% se dividirá así:
- Colpensiones: 16% sobre 2.3 SMMLV ($3.274.050), equivalente a $523.848.
- ACCAI: 16% sobre el excedente de 2.3 SMMLV, es decir, sobre 1.7 SMMLV ($2.421.950), lo que equivale a $387.512.
En total, este trabajador cotizará $911.360, distribuidos entre Colpensiones y la ACCAI.
Ariadna María Orozco, reportera de El País. Comunicadora social y periodista con experiencia en medios escritos, televisivos, radiales y digitales. Ha participado en la cobertura de eventos deportivos de relevancia nacional y en programas especiales para noticieros regionales, especialmente en el Valle del Cauca.