Economía
Colpensiones Auxilio Funerario: ¿Hasta cuándo puede solicitarlo? Aquí detalles
Conocer los requisitos, los montos y los plazos es fundamental para evitar la pérdida de este apoyo.
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17 de nov de 2025, 02:55 a. m.
Actualizado el 17 de nov de 2025, 02:55 a. m.
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El Auxilio Funerario de Colpensiones es considerado un respaldo fundamental dentro del sistema de seguridad social colombiano.
Sin embargo, muchos beneficiarios desconocen que este beneficio tiene un plazo máximo para ser reclamado y evitar que sea denegado.
Asimismo, es necesario conocer quiénes tienen derecho a acceder al beneficio, cuál es el monto que se puede reclamar y los requisitos necesarios para gestionarlo.
Lo que debe saber
El Auxilio Funerario de Colpensiones está destinado a cubrir los gastos del entierro de afiliados y pensionados, ofreciendo tranquilidad a quienes asumen estos costos.
No obstante, el beneficio está sujeto a un término de caducidad legal, pues la normativa establece un periodo de prescripción de tres años.
Lo anterior, significa que los trámites para el reconocimiento del auxilio deben completarse dentro de los 36 meses posteriores al fallecimiento del beneficiario.
Si este plazo se supera, el derecho se pierde, generando confusión y posibles pérdidas económicas para los familiares.

¿Quiénes pueden solicitarlo?
En primer lugar, hay que tener en cuanta que el auxilio está dirigido exclusivamente a quienes puedan demostrar documentalmente que asumieron los gastos del entierro.
Lo anterior, incluye familiares directos, aseguradoras que cubrieron el servicio o funerarias con planes preexistentes.
En casos de pensiones familiares, si se cubren los gastos funerarios de un cónyuge o compañero permanente, el monto del auxilio corresponde al 50 % de la pensión familiar, de acuerdo con la normativa vigente.
El valor del auxilio se determina con base en el último salario de cotización o la última mesada pensional del afiliado.

¿Cuánto puede reclamar?
Según la normativa vigente, el beneficio no puede ser inferior a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) ni superar diez veces dicho salario.
Lo que quiere decir, que durante este año, equivale a un rango entre $ 7.117.500 y $ 14.235.000. Este respaldo económico es administrado por el Componente de Prima Media de Colpensiones.

Documentación necesaria
Para acceder al Auxilio Funerario, el fallecido debía estar activo en la nómina de pensionados, ser un cotizante vigente o estar al día en sus pagos.
El proceso se inicia en las oficinas de Colpensiones o mediante su sede electrónica, diligenciando el formulario de solicitud de prestaciones económicas.
La documentación requerida incluye:
- Documento de identificación original del solicitante.
- Registro civil de defunción, expedido en los últimos tres meses.
- Factura de gastos funerarios con sello de cancelado, detallando los servicios y el responsable del pago.
- Certificación de la funeraria que prestó el servicio.
- Contrato preexequial, si aplica.
- Formato de cuenta de pago para consignación del auxilio.
- Carta de autorización si una sola persona realiza el trámite en nombre de varios herederos o un tercero autorizado.
Una vez presentada toda la documentación, debe tener en cuenta que Colpensiones puede tardar hasta cuatro meses en emitir una decisión.
Si la solicitud es negada sin causa justificada, el solicitante mantiene el derecho a presentar un derecho de petición para exigir información o el reconocimiento del beneficio.

Periodista web de El País, comunicadora social y periodista egresada de la Universidad Autónoma de Occidente en Cali, Valle. Me gusta la reportería, presentación y la escritura.
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