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Imputan cargos a la Rama Judicial por adjudicar un doble contrato con un mismo objeto: archivo de expedientes

A la decisión de la Contraloría se suma un fallo del Juzgado Segundo del Circuito de Facatativá contra la Dirección Ejecutiva Seccional de la Administración Judicial de Bogotá ordenando pago de la deuda e intereses corrientes y moratorios.

Ninguna de las acciones interpuestas por la Seccional Bogotá del Consejo Superior de la Judicatura para desconocer el contrato de archivo, ha prosperado.
Ninguna de las acciones interpuestas por la Seccional Bogotá del Consejo Superior de la Judicatura para desconocer el contrato de archivo, ha prosperado. | Foto: Foto especial para El País

2 de may de 2025, 02:01 p. m.

Actualizado el 2 de may de 2025, 02:01 p. m.

Confirmando el fallo que en primera instancia se emitió en septiembre del 2024, la Contraloría General de la República imputó cargos contra la Rama judicial tras el hallazgo de varias irregularidades en contratos celebrados y ejecutados por la Dirección de Administración Judicial Seccional Bogotá.

Los hechos, que según las denuncias previas involucran a la directora ejecutiva nacional del Consejo Superior de la Judicatura, Nazly Raquel Ramos, y al director de Administración Judicial Seccional Bogotá, José Camilo Guzmán, se originan en un contrato para el archivo de expedientes en el que el ente de control advirtió sobrecostos y detrimento patrimonial, entre otros hallazgos.

La Contraloría se había referido inicialmente a un presunto entramado en el que la entidad que administra los recursos de la Justicia habría incurrido en gestión fiscal antieconómica, inobservancia de decisiones judiciales, deficiencias en la elaboración de estudios, doble contratación y falta de planeación tras la firma de un contrato en el 2023 con el mismo objeto de otro que estaba en ejecución desde el 2022 y que han intentado desconocer.

En esta nueva audiencia, las respuestas de la Dirección de Administración Judicial Seccional Bogotá no logaron desvirtuar los hallazgos iniciales, por lo que la Contraloría corroboró las irregularidades, imputó cargos y trasladó a cada dependencia los hallazgos con incidencia Fiscal, disciplinaria y penal.

La empresa encargada del archivo de la Rama Judicial le salió al paso luego de los videos publicados en redes sociales.
La empresa encargada del archivo de la Rama Judicial le salió al paso luego de los videos publicados en redes sociales. | Foto: Autor Anónimo

El ente de control realizó seis hallazgos en la investigación por la firma del contrato 077 del 2023 con la firma Famoc de Panel, suscrito para transporte y almacenamiento de expedientes judiciales a cargo de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá, cuando el mismo contrato se había firmado en el 2022 con la firma del contrato 354 con Innpacific SAS para realizar ese mismo objeto hasta julio del 2026.

Otro golpe a la Rama Judicial

Paralelamente, y en un nuevo revés de la Rama Judicial ante la justicia, el Juzgado Segundo del Circuito de Facatativá falló también contra de la Administración Judicial de Bogotá por las presuntas irregulares cometidas en su intento por desconocer el contrato firmado en el 2022 con Innpacific SAS.

De los cinco procesos ejecutivos que adelanta el contratista contra la Rama Judicial, cuya deuda supera los $7000 millones, ya dos de ellos tienen mandamiento de Pago y se ha ordenado el embargo de las cuentas de la Rama Judicial y hay uno más con sentencia, en el que el juzgado ordena el desembolso del dinero y condena a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Seccional Bogotá al pago de intereses corrientes y moratorios, lo que conllevaría a un nuevo caso de detrimento patrimonial.

“De conformidad con el Artículo 365 del Código General del Proceso, se debe condenar en costas a la parte que resultó vencida, esto es la Dirección Ejecutiva Seccional de la Administración Judicial de Bogotá, razón por la cual y en mérito de lo expuesto, el Juzgado Segundo del Circuito Judicial de Facatativá:

BALANZA JUSTICIA
DEUDA ESTADO BALANZA JUSTICIA | Foto: Getty Images

Administrando justicia, y por autoridad de la ley, falla: 1. Se declara no probada la excepción de cobro de lo no debido, propuesta por la Dirección Ejecutiva Seccional de la Administración Judicial de Bogotá de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del valle.

“2. Seguir adelante con la ejecución de las obligaciones derivadas del título ejecutivo complejo conforme a lo dispuesto en el mandamiento de pago”.

“3. Costas a cargo del ejecutado. Por secretarías se deben liquidar las agencias en derecho se fijan en cuantías del 4% del valor total del crédito (...)”.

Periodista y editor de la Unidad Investigativa. Egresado de la Universidad Santiago de Cali y con especialización en Cultura de Paz y DIH de la Universidad Javeriana. Escritor y coproductor de documentales.

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