Colombia
Ministerio de Salud reglamentó la nueva organización territorial para el sistema de salud en Colombia
Las EPS deberán reorganizarse y para ello tienen un año de plazo.
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17 de oct de 2025, 09:30 p. m.
Actualizado el 17 de oct de 2025, 09:30 p. m.
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El Ministerio de Salud firmó la resolución mediante la cual se empezará el proceso de transformación del sistema de salud en Colombia.
Se trata de la Resolución 2161 de 2025 expedida este viernes 17 de octubre, en donde quedaron establecidos los criterios y estándares que deberán cumplir las Entidades Promotoras de Salud, EPS, para que puedan operar dentro del nuevo modelo de salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo que impulsa el Gobierno Nacional.
La resolución, que fue firmada por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, pretende territorializar el aseguramiento en salud, mediante la reorganización del funcionamiento de las EPS a partir de subregiones funcionales, para la Gestión Territorial Integral de la Salud Pública, una figura que fue creada para acercar los servicios a las comunidades y garantizar una atención integral, oportuna y de calidad.
Según el ministro Jaramillo, el objetivo es pasar de un sistema fragmentado a uno que opere por regiones y subregiones, con redes integradas e interconectadas (RIITS) que aseguren la atención continua de los pacientes.
“Este modelo busca garantizar el derecho fundamental a la salud, con atención centrada en las personas, las familias y las comunidades, y con especial énfasis en las zonas rurales y marginadas del país”, aseguró el Ministro.

Así es como en la iniciativa quedó establecido que todas las EPS (régimen contributivo y subsidiado) tendrán que actualizar su autorización de funcionamiento ante la Superintendencia Nacional de Salud, ente que se encargará de incorporar a las nuevas subregiones funcionales como ámbitos de operación.
El ministro Jaramillo explicó que el número de EPS autorizadas por subregión dependerá de su capacidad operativa y número de afiliados, “con un máximo de entre tres y cinco entidades por zona, salvo en territorios especiales como los insulares o de alta dispersión, donde podrá operar solo una”.
Asimismo, en la resolución se lee que las EPS deberán contratar al menos el 60 % del gasto en salud con las Empresas Sociales del Estado (ESE) del municipio donde habiten sus afiliados, reforzando así el papel de “la red pública y limitando la integración vertical, que no podrá superar el 30 % del gasto total en salud”.
En cuanto a la asignación de los afiliados, este se hará una vez hayan sido actualizadas las autorizaciones. En ese momento, el Ministerio de Salud y la Adres redistribuirán a los usuarios entre las EPS receptoras dentro de cada subregión, con el fin de que se garantice la continuidad del aseguramiento y la atención sin interrupciones.
Según el artículo 4, esta asignación se hará “con independencia del régimen de afiliación originalmente autorizado a la EPS receptora y deberá garantizar la continuidad en la atención. Los grupos familiares se mantendrán integrados, y las personas con enfermedades de alto costo o mujeres gestantes se distribuirán de forma proporcional y aleatoria entre las EPS receptoras”.
En la iniciativa quedó dispuesto igualmente que las EPS receptoras deberán garantizar la atención a partir del primer día calendario del mes siguiente a la entrega oficial de los afiliados. “Transcurridos 60 días desde la asignación, los usuarios podrán ejercer el derecho a la libre escogencia y trasladarse a otra EPS dentro de la misma subregión funcional”.
Las entidades que dejen de operar en alguna subregión “serán responsables del aseguramiento hasta el día anterior a la fecha en que se haga efectiva la asignación de afiliados a las EPS receptoras, y deberán cumplir con todas las obligaciones derivadas de la prestación de servicios hasta esa fecha”, dicta la norma.
Plazos para la transición
Las EPS que obtengan la actualización de su autorización tendrán un año de plazo para ajustar su capacidad operativa a las nuevas condiciones. En este espacio de tiempo, la Superintendencia realizará seguimientos periódicos con enfoque territorial, dando prioridad a las entidades que registren mayores riesgos para cumplir con sus funciones.
El Ministro de Salud explicó que todas estas disposiciones buscan “garantizar la continuidad en la operación de las EPS, en correspondencia con el territorio en el cual se encuentren gestionando el aseguramiento y la prestación de servicios, asegurando una operación armónica y el acceso efectivo y oportuno a la salud”.
Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.