Colombia
Dura respuesta de la Corte a universidad que le negó el acceso a la educación superior a una mujer venezolana
La mujer pretendía acceder a la educación superior para convalidar un título de Derecho obtenido en Venezuela.

12 de may de 2025, 04:45 p. m.
Actualizado el 12 de may de 2025, 04:46 p. m.
Por medio de un comunicado, la Corte Constitucional aseguró que las universidades de Colombia no pueden imponer barreras que limiten el acceso de los ciudadanos a la educación superior.
Este pronunciamiento de la alta corte se dio luego de que una ciudadana venezolana interpusiera un derecho de petición, luego de que una universidad no le permitiera realizar la inscripción de sus estudios en Derecho para convalidar su profesión en el país y poder ejercer.

“La Sala Cuarta de Revisión, integrada por el magistrado Vladimir Fernández, quien la preside, y los magistrados Jorge Ibáñez y Miguel Polo, amparó los derechos a la educación y de petición de una ciudadana a la quien se le negó el acceso a la universidad sin permitirle realizar el proceso de admisión a la institución”, se lee en la misiva
En el derecho de petición instaurado, la accionante solicitaba que pudiera cursar sus estudios en las áreas de Derecho, las cuales necesita para pedirle al Ministerio de Educación la convalidación de su título de abogada. De otro lado, la accionante reprochó que no se le dio una respuesta clara, congruente y suficiente a la solicitud elevada a la universidad.

En el caso concreto, la Corte halló que la institución de educación superior basó su negativa en que se encontraba implementando la resolución que establece el procedimiento para la convalidación del título. “La Sala consideró que la universidad vulneró el derecho a la educación bajo el argumento de estar ajustando un procedimiento interno para la convalidación de títulos”, recalcó la Corte.
Para la Corte, esta restricción fue injustificada, pues la universidad ya contaba con los medios para que la accionante cumpliera con el requisito especial de convalidación de su título, dado que su plan de estudios incluía las áreas requeridas y su programa de Derecho cuenta con registro calificado vigente.
“La Sala determinó que las universidades, en ejercicio de su autonomía, no pueden imponer barreras arbitrarias que restrinjan el acceso a la educación superior. Por ello, deben garantizar el ingreso en igualdad de condiciones”, finalizó el documento.
De esta manera, se espera que la mujer pueda acceder a su convalidación para poder litigar en Colombia.
Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.