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“Al fin algo de dignidad emana de ese Tribunal”: María Fernanda Cabal habla sobre decisión de la Jep sobre el atentado a El Nogal

La Senadora María Fernanda Cabal se refirió a la decisión tomada por la JEP a ex FARC por atentado en el edificio El Nogal.

27 de agosto de 2023 Por: Redacción El País
    María Fernanda Cabal arremetió contra Danilo Rueda por darle credibilidad al ELN y restarles importancia a las denuncias.
María Fernanda Cabal arremetió contra Danilo Rueda por darle credibilidad al ELN y restarles importancia a las denuncias. | Foto: juan carlos sierra-semana

La senadora María Fernanda Cabal y una de las caras del Partido Centro Democrático, se ha referido a lo que fue la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, donde declaró que no son amnistiables las conductas de dos integrantes de la Columna Móvil Teófilo Forero de las extintas FARC. Esto con respecto a lo que fue el atentado que se produjo al Club El Nogal en la ciudad de Bogotá. Esta decisión se dio después de estudiar los casos de Herminsul Arellán Barajas y Fernando Arellán Barajas.

Estos dos últimos son los coautores del atentado ocurrido en la ciudad de Bogotá, el pasado 7 de febrero del 2023 y que dejó a 36 personas muertas y otras 158 heridas. La JEP ha podido informar que las conductas que cometieron estas dos personas son crímenes de guerra y violaciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH). Además, se pudo precisar que el ataque no estaba dirigido contra un objetivo militar, sino en contra de un club social y empresarial que produjo muertes y lesiones de civiles que no eran objetivos militares y gozaban de protección a la luz del DIH.

Exintegrantes del Bloque Oriental de las Farc entregaron a la JEP información sobre 172 secuestros y cinco tomas guerrilleras
Exintegrantes del Bloque Oriental de las Farc entregaron a la JEP información sobre 172 secuestros y cinco tomas guerrilleras | Foto: JEP

Las partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes. Los ataques sólo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados”, dijo la Sala. La decisión revisó el caso del atentado al edificio El Nogal a la luz de la prohibición de ataques indiscriminados por el Estatuto de Roma y las normas del DIH compiladas e interpretadas por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y se afirmó que el club está en una zona comercial y residencial de la ciudad de Bogotá.

Que este es un bien civil y que no tiene, ni tuvo para la fecha de los hechos, como naturaleza, finalidad o utilización contribuir eficazmente a la acción militar. Debido a estas decisiones, María Fernanda Cabal, cara visible del Centro Democrático, se refirió a todo esto y a la decisión que tomó la Jurisdicción Especial para la Paz sobre todo lo que esto rodea. La declaración se hizo a través de su cuenta de X, antes conocida como Twitter.

réplica de la oposición
María Fernanda Cabal en el Congreso. | Foto: Guillermo Torres /Semana

¡Al fin algo de dignidad emana de ese Tribunal! Ojalá algún día entendieran su papel, en una sociedad hastiada de abusos de la delincuencia organizada disfrazada de “rebelde” y premiada con privilegios”, expresó la senadora del Centro Democrático. Según la JEP, las víctimas de este atentado eran civiles que no participaban en las hostilidades y por eso gozaban de protección respecto de un ataque en el marco del conflicto.

La sala dijo “es claro que el ataque al Club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil”. En ese sentido, la la Sala de Amnistía o Indulto remitió el atentado al Club El Nogal al Caso 10 de la Sala de Reconocimiento de Verdad denominado ‘Crímenes no amnistiables cometidos por miembros de las extintas FARC-EP en el conflicto armado’.

Atentado al Club El Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003.

Esto se debe a que todo podría ser parte de los patrones de conductas no amnistiables cometidos en el desarrollo de las hostilidades. De igual manera es importante explicar que los hermanos Arellán Barajas fueron condenados por la justicia ordinaria a 40 años de cárcel por los delitos de terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio. La JEP, en este proceso, luego de haber recibido el beneficio de libertad condicional, la Sala de Amnistía o Indulto les impuso el régimen de condicionalidad y les hizo un llamado para que aportaran la verdad y se comprometieran con el Sistema Integral para la Paz.

La sala de Amnistía o Indulto estableció una ruta para que las víctimas del atentado del Club El Nogal participen en el trámite en el Caso 10, para que estas puedan ser acompañadas y asesoradas ante la Sala de Reconocimiento por el Departamento de Atención a Víctimas de la JEP.

De igual manera, La sala, además, ordenó a la Unidad de Víctimas suspender el proceso de cobro coactivo que cursa en contra de Herminsul Arellán Barajas con ocasión de la multa que se le impuso por la justicia penal ordinaria por el atentado a El Club El Nogal hasta que la Sala de Reconocimiento se pronuncie al respecto. “Esta suspensión no implica el levantamiento de las medidas cautelares impuestas con el propósito de garantizar los derechos de las víctimas”, dijo la JEP.

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