Judicial
En firme condena contra expresidente de la Corte Suprema de Justicia por el cartel de la toga
La Fiscalía determinó que el exmagistrado solicitó dinero al exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus.

Colprensa
El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena solicitada por la Fiscalía contra el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Camilo Humberto Tarquino Gallego por el delito de concusión como interviniente.
La pena contemplada por tal delito es de seis años de prisión, además del pago de una multa equivalente a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad de 60 meses para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
Los hechos que llevaron a los entes de control a tomar tal decisión fue cuando Tarquino Gallego se reunió en varias oportunidades en un apartamento del norte de Bogotá, entre septiembre y octubre de 2014, con el exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus, para hablar sobre las indagaciones que se seguían por irregularidades de contratación en el departamento y su posible participación en el denominado ‘Cartel de la Hemofilia’.
La investigación realizada por la Fiscalía estableció que el exfuncionario pidió dinero en dos de los encuentros conocidos, esto con el objetivo de facilitar acercamientos con personas o funcionarios que conocían detalles sobre los asuntos por los que era investigado el exmandatario o podrían impedir actuaciones en su contra.
Cabe recordar que el mes de marzo la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó las condenas de 16 años y 5 meses de prisión contra el expresidente de la Corte Suprema Francisco Ricaurte y de 9 años de cárcel contra el exmagistrado Gustavo Malo, por su participación en el esquema de corrupción judicial conocido como el ‘Cartel de la Toga’.
La decisión se tomó al rechazar los recursos de casación presentados por las defensas, lo que deja en firme las sentencias impuestas por la justicia.

El alto tribunal concluyó que las pruebas contra los exmagistrados fueron suficientes para acreditar su responsabilidad en la red de corrupción que, en asocio con terceros, incidió en procesos judiciales a cambio de beneficios económicos.
Ricaurte fue hallado culpable de concierto para delinquir agravado, cohecho por dar u ofrecer en concurso homogéneo y utilización indebida de información privilegiada, mientras que Malo fue condenado por concierto para delinquir, cohecho propio y prevaricato por omisión.
En el fallo contra Malo, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Gerardo Barbosa, se ordenó la compulsa de copias a la Fiscalía para que adelante procesos de extinción de dominio sobre los dineros involucrados en la red de corrupción.
Además, la Corte pidió investigar otros hechos que no han sido judicializados y que podrían estar relacionados con la misma estructura criminal.
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