Economía
Trabajadores colombianos que recibirán doble prima en junio 2025: requisitos
El tradicional pago de la prima de servicios en junio se amplía para algunos empleados.

24 de may de 2025, 02:06 a. m.
Actualizado el 24 de may de 2025, 02:06 a. m.
Con la llegada del mes de junio, muchos trabajadores colombianos esperan con ansias ese ingreso adicional que, en muchos hogares, representa un alivio financiero significativo.
Y aunque para algunos es una entrada extra, para otros significa la oportunidad de fichar vacaciones, hacer una compra relevante o sumar un buen ahorro.
Se trata de la prima de servicios. Esta prestación social, establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, debe pagarse antes del 30 de junio y corresponde a la mitad de un mes de salario por cada año trabajado.
Ahora bien, desde hace años, la prima de junio se ha convertido en un ingreso crucial para estas fechas. Sin embargo, este año, un grupo selecto de empleados verá duplicado ese beneficio.

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Primero debe tener en cuenta que la prima de servicios es una prestación legal obligatoria para todos los trabajadores formales con contrato laboral vigente.
Esto es sin importar si el contrato es a término fijo o indefinido. También tienen derecho quienes trabajan por días o por horas, siempre que exista una relación laboral formal, como en el caso de empleados domésticos, conductores contratados por familias o cuidadores de fincas.
El monto corresponde a 15 días de salario por semestre trabajado, entregados en dos pagos. El primero es en junio y otro en diciembre. No se trata de un bono ni de un incentivo discrecional; es un derecho laboral consolidado.
Por otro lado, quedan excluidos de este beneficio quienes tienen contratos por prestación de servicios, trabajadores independientes, aprendices con contrato de aprendizaje, y quienes reciben un salario integral, ya que este último ya incluye todas las prestaciones sociales.
Cabe señalar que aunque la prima legal es obligatoria, hay empresas que, como parte de sus políticas de bienestar o convenios colectivos, otorgan una prima extralegal adicional en junio.

Este segundo pago no está contemplado por la ley, pero sí puede establecerse como parte de los beneficios voluntarios de una organización.
Es decir, que se considera como un beneficio adicional que un empleador le puede otorgar a los colaboradores, ocasionando que aparte de la prima legal, reciban la doble, alcanzando un beneficio económico importante.
Hay que resaltar que el concepto de “doble prima” aún es desconocido para muchos trabajadores en Colombia.
No obstante, para quienes tienen la fortuna de recibir ambos pagos, junio representa una oportunidad para mejorar su estabilidad económica o invertir en metas personales.
Finalmente, expertos financieros recomiendan a los empleados revisar sus contratos, a las políticas internas de la empresa y consultar con recursos humanos para saber si tienen derecho a este pago adicional.
Periodista web de El País, comunicadora social y periodista egresada de la Universidad Autónoma de Occidente en Cali, Valle. Me gusta la reportería, presentación y la escritura.