Economía
Ojo, deudores morosos: Ley permite a bancos ir más allá del Datacrédito para mejorar cobro de deudas
Hay instancias a las cuales puede llegar una entidad bancaria para hacerlo cumplir con sus pagos.

10 de oct de 2025, 08:32 p. m.
Actualizado el 10 de oct de 2025, 08:32 p. m.
Noticias Destacadas
Mantener un buen historial crediticio debería de ser el propósito de todo ciudadano, pero lastimosamente el no pagar las cuentas a tiempo puede traerle graves consecuencias.
Un reporte negativo en una central de riesgo como datacrédito es uno de los mayores temores de los deudores, sobre todo por los problemas que esto acarrea al momento de querer pedir dinero prestado en cualquier entidad bancaria.
La ley en Colombia es clara y establece que una vez cancelada la deuda, el reporte desfavorable permanecerá en la información crediticia el doble del tiempo que la persona se tardó en pagar.
En este caso, lo que quiere decir es que si el deudor se demoró un año para ponerse al día con la cuenta, el reporte negativo permanecerá durante dos años.
Si la deuda es superior a 2 años, entonces esta persona estará reportada durante un máximo de cuatro años desde el momento del pago de la deuda.
Los expertos aclaran lo que puede ocurrir con dicho reporte cuando la persona no salda la obligación bancaria, según la ley 2157 de 2021.
Según los especialistas de la firma Guerrero abogados, al llevar 8 años demora usted ya puede solicitar formalmente la eliminación de dicho reporte negativo ante la central de riesgo en la que se encuentre, ya sea Datacrédito, Procrédito o TransUnión.

Un castigo más fuerte
Los expertos insisten en que hay un castigo que puede preocupar mucho más a quienes le deben a las entidades bancarias.
El firma Guerrero Abogados mencionó que también existe la posibilidad de que se presenten demandas, sobre todo para que la entidad pueda recuperar el dinero.
Esta figura, según explican los expertos, por lo general es utilizada para imponer una sanción de índole económica más severa.
Entre dichas sanciones se encuentra el embargo de bienes, el secuestro de bienes, remate de bienes, o el embargo de cuentas bancarias.
El embargo de bienes es una orden judicial que es emitida por una autoridad competente, para retener los bienes de un deudor con el propósito de garantizar el pago de una deuda impaga.
En cambio el secuestro de bienes es una medida judicial que, tras un embargo, consiste en retirar un bien de la administración de su propietario y entregarlo a un tercero al que se le denomina secuestre, que es quien se encargará de su custodia y administración hasta que se resuelva el proceso legal.

En cuanto al remate de bienes, los especialistas mencionan que se trata de la venta pública de bienes que han sido embargados, usualmente por orden judicial para saldar una deuda.
Otra sanción es la que corresponde al embargo de cuentas bancarias, el cual se trata de un procedimiento judicial o administrativo en el que se congela y retiene el dinero en la cuenta de una persona, para garantizar el pago de una deuda pendiente.
Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.