Economía
Ojo con la reforma pensional: estos son los ciudadanos que no podrán heredar pensión desde el 1 julio
Habrá cambios significativos entre el listado de personas que puede heredar la pensión de una persona fallecida.

21 de may de 2025, 09:54 p. m.
Actualizado el 21 de may de 2025, 09:54 p. m.
Este 1 de julio de 2025 entra en vigor la Ley 2381 de 2024, la cual corresponde a la reforma pensional, en donde se estipulan varios cambios en el sistema de mesadas dentro del territorio nacional.
Entre los cambios más significativos está la posibilidad de heredar una pensión, según el lazo familiar que se tenga con el occiso.
Esta decisión se tomó para proteger familias y evitar discusiones entre los allegados al difunto y posibles parejas que haya tenido.
Entre las personas que ya no podrán heredar la pensión de una persona fallecida se encuentran exparejas separadas de hecho; exparejas que no estén legalmente divorciadas; exparejas que no hayan convivido al menos cinco años con el causante antes de su muerte.

Esto para evitar que parejas con poco tiempo de relación puedan llegar a una disputa legal, con los hijos o padres del occiso.
De otro lado, se aclaró que tendrá acceso a la pensión los hijos del occiso que sean menores de 18 años, o hasta los 25 si se demuestra que la persona era dependiente del fallecido, o si se demuestra que tiene algún nivel de discapacidad.
De esta manera, si no hay un cónyuge válido o un hijo que cumpla con los requisitos, la pensión la puede heredar los padres del difunto.

No obstante, por el momento la reforma se encuentra en pie. Pero se discutirá en la Corte Constitucional el próximo 29 de mayo, en donde los magistrados la revisarán, para darle luz verde o devolverla al Senado.
La Sala Plena estudiará una ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez que propone declarar inconstitucional toda la norma por irregularidades en su trámite legislativo.
La demanda, que alega vicios de procedimiento, argumenta que el proyecto se aprobó sin surtir el cuarto debate obligatorio y que la Cámara de Representantes acogió en bloque el texto aprobado por el Senado.
Estos hechos, sumados a nuevas pruebas solicitadas por el magistrado Ibáñez, llevaron a que mantuviera su posición negativa frente a la ley.
Según se conoció, el presidente de la Corte radicó la ponencia tras requerir documentos a la Corte Suprema de Justicia, a la Fiscalía General de la Nación y al Juzgado Décimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá.
Las pruebas se relacionan con el proceso penal contra los entonces presidentes del Congreso, Iván Name y Andrés Calle, hoy en prisión preventiva por presuntamente recibir sobornos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd).
Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.