Economía
No son las escrituras: el documento que debe tramitar para que una propiedad sea legalmente suya
El registro debe quedar radicado ante el notario.

15 de may de 2025, 03:19 p. m.
Actualizado el 15 de may de 2025, 03:19 p. m.
Al adquirir una vivienda propia en Colombia, es usual que se hable sobre la importancia de las escrituras para asegurar la validez y la legalidad de compra del inmueble ante terceros.
Sin embargo, aunque este certificado es esencial en el proceso, hay otro documento que no se suele tener en cuenta y tiene la misma relevancia que las escrituras.
Se trata del registro de la escritura en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (Orip), por medio del cual se oficializa la compra de la propiedad, haciéndola pública y legalmente reconocible.

A propósito, el Ministerio de Justicia, menciona que el registro de la escritura es clave para garantizar la seguridad jurídica de una transacción inmobiliaria.
En medio de este proceso también se debe tener en cuenta el principio de ‘Título y Modo’, que se encarga de regular la transferencia de propiedad de bienes inmuebles.
A detalle, el ‘título’ hace referencia a la escritura pública firmada ante el notario, con la que se formaliza el proceso de venta.
En cuanto al ‘modo’, este es el que involucra la inscripción de la escritura en la Orip.
La importancia de este documento recae en que, sin él, la transferencia no estaría completa, lo que llevaría a no ser demostrable ni oponible frente a terceros.
De hecho, podría llegar a suceder que el primer propietario de la vivienda es quien figure aún en el folio de matrícula inmobiliaria, por lo que sin el registro en la Orip, el comprador no sería considerado ante la ley como el dueño legal.

Otro problema que puede desencadenar el no tramitar dicho documento, son los errores en el registro o la matrícula, que puede afectar seriamente la seguridad jurídica.
Por lo anterior, se recomienda que, al adquirir la vivienda, el comprador tenga en su poder el registro en el Orip y la actualización del folio de matrícula inmobiliaria.
Así se realiza el registro
Para llevar a cabo el proceso de registro, se deben tener a mano las escrituras de la propiedad que, después de ser firmadas en la notaria, se deben radicar en el Orip.
De acuerdo con el portal Colombia Ágil, tras ello se crea en el aplicativo de Radicación electrónica (REL), “una preliquidación para el trámite, para posterior aprobación por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro, cargue del soporte de pago del impuesto de registro, generación y pago de los derechos de registro”, indica.
El portal señala que una vez registrado el ingreso del recurso al banco, el aplicativo, de forma automática, radica los documentos generando el turno de radicación en la Orip.
Finalmente, el REL envía el soporte de la finalización a los correos electrónicos registrados de los intervinientes.
Comunicadora social y periodista multifuente graduada de la Universidad Santiago de Cali, con énfasis en política, gobierno y experiencia en presentación y radio.