Economía
Conozca el monto que debe pagarle a quienes laboran en servicios domésticos en Colombia
El Ministerio del Trabajo es claro al respecto.
Por muchos años, el servicio doméstico ha estado en la informalidad y quienes laboran en este rubro han recibido pagos por debajo de lo que deberían devengar. En ese sentido, cada vez se promueve más la formalización de estas labores para que se le garanticen a los trabajadores las condiciones estipuladas por la ley.
El Ministerio del Trabajo explica que quien contrate labores domésticas debe garantizarle al trabajador una serie de condiciones, las mismas que en cualquier otro trabajo formal. Es decir, afiliarlo al sistema integral de seguridad social y pagarle prestaciones sociales (auxilio de cesantías, intereses de cesantías, vacaciones, auxilio de transporte, calzado y vestido de labor).
De igual forma, el empleador no puede exigirle trabajar más de ocho horas al trabajador doméstico ni más de diez en caso de que lo desempeñe de manera interna. En cuanto a la remuneración, esta no debe ser menor al salario mínimo legal vigente o proporcional al tiempo laborado.
El empleado doméstico tendrá derecho al pago de horas extras si su jornada supera los lapsos mencionados anteriormente.
Con todo esto en cuenta, ¿cuánto se le debe pagar a quienes laboran en servicios domésticos en Colombia? Para esto hay que tener en cuenta que el salario mínimo en 2023 quedó en $ 1.160.000 y el auxilio de transporte en $ 140.606.
Así las cosas, si el trabajador doméstico está contratado para laborar tiempo completo, deberá recibir, en total, por la suma de estos dos valores, $ 1.300.606, de los cuales se deducen los aportes de salud y pensión. El empleador asume el 8,5 % de este primer ítem y el 12 % del segundo. En cuanto a la caja de compensación y los riesgos profesionales, estos deben ser pagados en su totalidad por quien contrata los servicios.
En caso de que el empleado no trabaje tiempo completo, sino por días. Lo mínimo que debe recibir por jornada es $ 43.352, que equivale al valor de las ocho horas más el monto proporcional del auxilio de transporte.
El Ministerio del Trabajo enfatiza que es deber del trabajador “exigir al empleador la afiliación a la seguridad social y al subsidio familiar, cumplir con sus obligaciones laborales, e informarse sobre sus derechos para hacerlos valer”.
La reforma laboral propuesta por el presidente Gustavo Petro formula que “los trabajadores y las trabajadoras del servicio doméstico deben ser vinculadas mediante contrato de trabajo escrito, contratación que será estipulada de conformidad con las normas laborales existentes y depositada en el Ministerio de Trabajo para su seguimiento a la formalización, así como las novedades relativas a trabajo suplementario”.