Colombia

Supersalud ordena a las EPS reportar a clínicas y hospitales que embargan recursos de salud

La entidad le pidió a las EPS reportar a las IPS que adelanten este tipo de procesos, en cumplimiento de la ley y la jurisprudencia vigente.

El proceso de auditoría se realizó al hospital del 2 al 6 de junio de 2020.
La entidad investigará el caso. | Foto: Supersalud.

1 de oct de 2025, 05:25 p. m.

Actualizado el 1 de oct de 2025, 05:25 p. m.

El superintendente Nacional de Salud, Giovanny Rubiano, le pidió hoy a las EPS del país el listado de las IPS que han adelantado procesos de embargo de los recursos de la salud y que han ejercido presión a través de decisiones judiciales para que paguen las deudas acumuladas de vigencias anteriores.

He pedido a las EPS detallar el listado de las IPS que embargan los recursos de la salud, a sabiendas de que no se trata de un simple embargo, sino de la afectación del flujo de recursos a toda la red prestadora”, puntualizó Rubiano, tras conocer de denuncias en este sentido y que buscarían un presunto desvío de recursos.

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Superintendente de salud Giovanni Rubiano
Rubiano recuerda que los fondos de la salud no pueden ser objeto de embargo. | Foto: ESTEBAN VEGA LA ROTTA

Conforme reveló el diario El Tiempo, la EPS AsmetSalud y varias clínicas del país estarían involucradas en esta presunta modalidad de desvío de recursos del sistema, por medio de mandamientos de pagos judiciales, aparentemente favorecidas por decisiones del juzgado Promiscuo del Circuito de Concordia, Antioquia.

El medio señaló que tal juzgado se convirtió en un escenario de acuerdos de pago cuestionados. Además, resaltó que esa sede no tendría competencia la competencia ni territorial ni por cuantía para desarrollar el proceso.

La Superintendencia recordó que los recursos de salud son inembargables de acuerdo a la jurisprudencia que existe sobre la materia, entre otras el artículo 25 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, el artículo 182 de la Ley 100 de 1993, el artículo 2.6.4.1.4 del Decreto 780 de 2016, y sentencias de la Corte Constitucional como la T-760 de 2008.

A lo anterior se suma las circulares de organismos de control como la Procuraduría y la Contraloría, además del Ministerio de Salud.

La Corte Constitucional ha señalado que el principio de inembargabilidad busca garantizar el flujo oportuno de recursos hacia los prestadores del servicio, proteger la sostenibilidad del sistema y asegurar que el interés general prevalezca sobre intereses particulares, evitando que decisiones judiciales o administrativas comprometan el derecho fundamental a la salud”, detalló la Supersalud.

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Supersalud exige respeto a la norma. | Foto: Superintendencia de Salud

Rubiano recordó que tanto los tribunales como las entidades que hacen parte del ecosistema de salud tienen la obligación de acatar las leyes y jurisprudencia respecto a la imposibilidad de embargar las cuentas del sistema, dado que acciones en ese sentido pueden causar un grave deterioro para la atención de los pacientes.

Se espera que en los próximos días Supersalud revele el listado de las EPS que presuntamente cometieron tal proceso de embargo.

Con información de Colprensa.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.

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