Colombia
¿Qué pasará con los 11 decretos emitidos por el Gobierno si la Corte tumba la conmoción interior?
Se está pendiente del fallo del Alto Tribunal que podría salir en las próximas horas.

La Sala Plena de la Corte Constitucional discute este martes si declara inconstitucional el decreto 062 de 2025, con el cual el Gobierno declaró el estado de conmoción interior en Catatumbo, Norte de Santander, y algunos municipios del Cesar.
La ponencia revelada esta semana y presentada por la vicepresidenta del alto tribunal, magistrada Paola Meneses, sostiene que la crisis en la región es estructural y no cumple con los requisitos constitucionales para justificar medidas excepcionales.
El constitucionalista Juan Manuel Charry explicó a Colprensa que si la Corte tumba la declaratoria de conmoción, los demás decretos dictados con fundamento en ella serían inconstitucionales de manera consecuencial.
“Cada proceso de revisión de esos decretos debe hacerse por separado”, señaló, pero advirtió que si su base jurídica —la conmoción interior— es declarada contraria a la Constitución, estos también perderían validez.

Charry sostuvo que la Corte no suele declarar de manera automática la caída de los decretos dictados bajo un estado de excepción. Sin embargo, en este caso, la decisión sobre el decreto 062 impactaría directamente su legalidad, pues todos fueron emitidos bajo esa figura extraordinaria.
“La caída de la declaratoria arrastra las medidas adoptadas si estas no tienen sustento en la legislación ordinaria”, explicó.
Esto implica que los once decretos prorrogados por el Gobierno, y que regulan temas como restricciones a la movilidad, operaciones de seguridad ampliadas, uso de recursos sin trámite presupuestal ordinario y coordinación interinstitucional especial en la región, podrían ser anulados si la Corte los revisa y determina que su expedición no tenía respaldo constitucional.
Según la ponencia en estudio, la situación en Catatumbo es crítica, pero responde a causas estructurales y no a una perturbación súbita del orden público, como exige la Constitución para declarar un estado de conmoción interior.
Por tanto, sostiene que las instituciones ordinarias tienen mecanismos suficientes para responder a la violencia y al control territorial de actores armados ilegales.
La Procuraduría General de la Nación, por su parte, emitió un concepto favorable al decreto 062. Consideró que los hechos ocurridos en esa región amenazan la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana.
A su juicio, las medidas adoptadas por el Ejecutivo son proporcionales y necesarias para enfrentar la situación.
El estudio del decreto se adelanta sin la audiencia pública solicitada por el presidente, Gustavo Petro.

La magistrada Meneses resolvió no elevar esta petición a la Sala Plena, al considerar que dicha etapa no era necesaria para el análisis constitucional.
En paralelo, la Corte emitió este martes un pronunciamiento en el que rechazó “categóricamente las afirmaciones falsas que circulan sobre lo que ocurre en la Sala Plena” y denunció que las filtraciones buscan deslegitimar sus deliberaciones y decisiones.
“La Corte Constitucional sigue cumpliendo con el ejercicio de sus funciones de manera armónica y con el rigor que demanda su misión de guardar la integridad y la supremacía de la Constitución”, concluyó el alto tribunal.
Regístrate gratis al boletín de noticias El País
Te puede gustar