Colombia
Justicia ordena reintegro de trabajadora despedida tras denunciar acoso sexual en reconocido restaurante
Los hechos ocurrieron en una de las sedes de Crepes & Waffles en el Centro Comercial Lemont de Medellín.

En un fallo del Juzgado Cuarto Civil del Circuito de oralidad de Medellín ordenó a la Compañía de Alimentos Colombianos Calco S.A., empresa matriz del reconocido restaurante Crepes & Waffles S.A., reintegrar a una trabajadora que fue despedida tras denunciar acoso sexual en su lugar de trabajo en esta ciudad.
Esta decisión marca la primera vez que un tribunal aplica el fuero de estabilidad laboral establecido por la Ley 2365 de 2024, la cual protege a las víctimas de acoso sexual en el ámbito laboral y garantiza su derecho a permanecer en el empleo.

Detalles del caso
Los hechos ocurrieron en una de las sedes de Crepes & Waffles en el Centro Comercial Lemont, donde la trabajadora fue víctima de acoso por parte de una compañera de trabajo. A pesar de haber reportado la situación a su jefe inmediato, la empresa no tomó medidas efectivas para evitar una nueva agresión.
Días despues, el 14 de noviembre de 2024, la compañía decidió dar por terminado el contrato de la empleada, alegando mutuo acuerdo, sin garantizar las protecciones legales establecidas en la Ley 2365 de 2024.
Ante esta vulneración de derechos, el Grupo Élite de Equidad de Género (GEEG) de la Territorial Antioquia intervino en el caso, recomendando que la víctima interpusiera una acción de tutela para exigir su reintegro.
El Juzgado Trece Civil Municipal de Oralidad de Medellín, en una sentencia del 27 de enero de 2025, reconoció que la trabajadora activó todos los mecanismos legales disponibles para denunciar el acoso, pero ninguno garantizaba su reintegro.

El tribunal argumentó que “en casos de acosos sexuales existe una presunción que debe ser desvirtuada por el empleador, lo cual no ocurrió, pues la accionada no indicó las causas de terminación unilateral del contrato y no negó conocer la existencia de la queja; actuó de forma negligente y apática frente a las circunstancias al no activar los protocolos necesarios”, la cual fue impugnada por la Compañía de Alimentos Colombianos Calco S.A.
La decisión judicial ratifica que el despido dentro de los seis meses posteriores a una denuncia de acoso sexual es nulo y obliga al empleador a restablecer los derechos vulnerados.
Al respecto, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, señaló: “Se evidencia la importancia de mecanismos de protección y acceso a la justicia para las mujeres en el ámbito laboral y la urgencia de fortalecer protocolos eficaces para la prevención y erradicación del acoso sexual en el trabajo, garantizando espacios laborales seguros y libres de violencia”.
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