Colombia
Corte Constitucional definió que caso de Salvatore Mancuso debe permanecer en manos de Justicia y Paz y no de la JEP
La disputa entre las jurisdicciones surgió durante una audiencia en mayo, cuando la juez de ejecución de penas de Justicia y Paz, Luz Marina Zamora, mencionó un conflicto positivo de competencia entre ambas jurisdicciones.
Este jueves, la Corte Constitucional dio por definido el conflicto de competencias respecto al proceso del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, determinando que la jurisdicción competente es Justicia y Paz, razón por la cual dichos procesos deben permanecer allí. Por lo tanto, esta decisión judicial pone fin a la disputa sobre si el caso debía ser asumido por Justicia y Paz o por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La magistrada ponente del caso fue Diana Fajardo, a quien le llegó desde el mes de abril el caso con el fin de resolver el conflicto de competencias que existió entre los dos tribunales de paz mencionados, que en ese momento pedía definir la libertad del excabecilla de las extintas AUC mientras aún permanecía dentro del pabellón de máxima seguridad de la cárcel La Picota.
La Sala Plena del alto tribunal estableció que el proceso de Mancuso debe continuar en Justicia y Paz, la jurisdicción creada tras la desmovilización de los paramilitares. Esta resolución llega después de que Mancuso, quien fue liberado el 10 de julio tras cumplir una condena en Estados Unidos por narcotráfico, se encontrara inicialmente bajo la jurisdicción de Justicia y Paz antes de solicitar también su inclusión en la JEP.
La disputa entre las jurisdicciones surgió durante una audiencia en mayo, cuando la juez de ejecución de penas de Justicia y Paz, Luz Marina Zamora, mencionó un conflicto positivo de competencia entre ambas jurisdicciones.
La JEP había aceptado excepcionalmente el sometimiento de Mancuso bajo la figura de ‘sujeto incorporado material y funcionalmente a la Fuerza Pública’. En respuesta a esta situación, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP aclaró a principios de julio que la competencia sobre la libertad de Mancuso recaía en los tribunales de Justicia y Paz, quienes habían tomado decisiones relacionadas con su proceso.
La JEP también señaló que la competencia de su jurisdicción estaba cuestionada por la Corte Constitucional debido a la “colisión positiva de competencia”. La Corte, al resolver el conflicto, confirmó que el caso de Salvatore Mancuso debe seguir siendo tratado por la jurisdicción de Justicia y Paz, desestimando la competencia de la JEP en este aspecto.
Por último, desde que Mancuso recuperó su libertad el pasado 10 de julio, ha ejercido su rol de gestor de paz que el presidente Gustavo Petro le asignó desde 2023. A pesar de que un juzgado le impidió asistir el 18 de julio a la Sierra Nevada de Santa Marta junto al comisionado de paz, Otty Patiño, para un evento entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (ACSN), al día siguiente si pudo comparecer ante la Corte Suprema de Justicia, con el fin de rendir su testimonio en contra del alcalde de Sincelejo, Yahir Acuña, quien tiene un proceso abierto por presuntos vínculos con grupos paramilitares.
*Con información de Colprensa y redacción de El País