Judicial
Corte Suprema confirma condena contra Jorge Visbal, expresidente de Fedegan, por vínculos con las AUC
El alto tribunal concluyó que el exdirectivo gremial sostenía reuniones clandestinas con los jefes paramilitares en fincas del departamento de Córdoba.
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19 de ago de 2025, 10:42 p. m.
Actualizado el 19 de ago de 2025, 10:42 p. m.
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de nueve años de prisión contra el expresidente de la Federación Nacional de Ganaderos (Fedegan), Jorge Visbal Martelo, por sus nexos con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) mientras actuaba simultáneamente como gestor de paz.
La investigación determinó que, entre 1998 y 2005, Visbal Martelo desempeñó un doble papel. Por un lado, como miembro del Consejo Nacional de Paz, contaba con autorización del Gobierno para participar en diálogos con las FARC, el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y las propias AUC.
Sin embargo, la Corte Suprema concluyó que, al mismo tiempo que realizaba esas gestiones legales, Visbal sostenía reuniones clandestinas con los jefes paramilitares, particularmente con Carlos Castaño Gil, en fincas del departamento de Córdoba.

En estos encuentros, a los que acudía solo y donde “solía ingerir bebidas alcohólicas” con Castaño, Visbal mostraba afinidad ideológica con el grupo armado ilegal.
La sentencia desestimó la aparente contradicción de su doble rol, al señalar que “en el mundo de los fenómenos en situaciones como las definidas en la condena ese doble rol es y era posible”.
La defensa de Visbal Martelo argumentó que el caso había prescrito, pero la Corte Suprema negó esta solicitud con base en dos argumentos principales.
Primero, explicó que los términos del proceso se suspendieron cuando el expediente fue remitido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) a petición del propio Visbal. Los plazos se reanudaron únicamente cuando la JEP rechazó su sometimiento y devolvió el caso a la justicia ordinaria.
Segundo, la Corte tuvo en cuenta que una reforma al Código Penal, a través de la Ley 890 de 2004, aumentó la pena para el delito de concierto para delinquir agravado, lo que a su vez amplió los términos de prescripción.
La condena contra Jorge Visbal Martelo fue emitida inicialmente por el Juzgado 5º Penal del Circuito Especializado de Bogotá y posteriormente confirmada en 2018 por el Tribunal Superior de la misma ciudad.
La decisión final de la Corte Suprema de Justicia deja en firme la sentencia a nueve años de prisión, una multa de 11.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena privativa de la libertad.
Finalmente, la defensa del condenado anunció que a partir de ahora acudirá a instancias internacionales, con el fin de lograr una absolución al exdirectivo gremial.
*Con información de Colprensa y redacción de El País
Comunicador social, periodista, y especialista en Escritura Creativa en Nuevos Medios de la Universidad Autónoma de Occidente. Periodista web de El País desde el 2023. Experiencia en periodismo escrito con énfasis en política y conflicto armado, en fotografía y edición de productos sonoros.