Economía
Documentos para pedir la pensión de un fallecido, ¿quiénes pueden hacer el trámite?
Para hacer la solicitud de manera válida, se deben presentar una serie de papeles.
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13 de sept de 2025, 03:01 a. m.
Actualizado el 13 de sept de 2025, 03:04 a. m.
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Cuando una persona pensionada o afiliada fallece, la normativa colombiana permite que ciertos familiares presenten la solicitud para recibir lo que se denomina pensión de sobrevivientes o sustitución pensional siempre que cumplan con los requisitos legales establecidos.
Esto, teniendo en cuenta que la ley 100 de 1993, la regulación de Colpensiones y la UGPP, entre otras normas, definen quiénes pueden hacerlo, qué documentos se requieren, y cuáles situaciones especiales se tienen en cuenta.
De esta manera, los beneficiarios reconocidos incluyen el cónyuge o compañero permanente, siempre que exista convivencia continua hasta el fallecimiento del causante, y en algunos casos cumplir años mínimos o años de convivencia si la ley lo exige.

Hijos menores de edad; hijos mayores que estén estudiando hasta los 25 años; hijos inválidos sin límite de edad que dependieran económicamente del causante, padres que tenían dependencia económica respecto del causante si no hay beneficiarios de grados anteriores, ya sea cónyuge o hijos, que tengan derecho, y hermanos en situación de discapacidad, también con dependencia económica, si no hay otros beneficiarios legales con prioridad superior.
Para hacer la solicitud de manera válida, se deben presentar una serie de documentos. Entre ellos, el formulario o solicitud de prestaciones económicas o supervivencia, el registro civil de defunción del causante, copia del documento de identidad del solicitante, y en caso de hijos mayores de edad que estén estudiando, certificado de escolaridad.

Estos casos, para los padres o hermanos que reclaman, además, se exige una declaración de dependencia económica, muchas veces bajo juramento, que demuestre que dependían financieramente del fallecido. Si quien realiza el trámite es un apoderado, deberá presentar también el poder correspondiente.
Además, hay documentos adicionales o condiciones especiales según el grado de parentesco o situación del solicitante.
Por ejemplo, para el cónyuge o compañero permanente, puede requerirse prueba de convivencia, mediante registro civil de matrimonio o manifestaciones escritas que acrediten la unión, con fechas de inicio y duración.
De esta manera, el trámite debe radicarse ante la entidad correspondiente, la cual es Colpensiones si el fallecido era pensionado o afiliado bajo el régimen público, o ante el fondo privado de pensiones si se encontraba en ese régimen.
Si ya lo hizo, la entidad revisa todos los documentos, verifica que los beneficiarios cumplan los requisitos legales y decide si concede la pensión de sobrevivientes. En muchos casos, los reglamentos exigen que los documentos como registros civiles de nacimiento o defunción sean recientes, o que se presenten originales o copias auténticas
Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.