Colombia
Propietarios e inquilinos se benefician: Nueva ley establece reglas para conjuntos residenciales en Colombia
La normativa garantizaría la protección de propietarios e inquilinos de conjuntos residenciales frente al cobro del IVA.
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21 de sept de 2025, 11:20 p. m.
Actualizado el 21 de sept de 2025, 11:20 p. m.
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El proyecto de Ley de Financiamiento presentado por el Ministerio de Hacienda a inicios de este mes, aclaró las normas sobre el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Lo anterior, aplicaría en propiedades horizontales residenciales, otorgando alivio económico a propietarios e inquilinos de conjuntos residenciales en Colombia.
Y es que con esta normativa, el sistema de vivienda en estas propiedades experimentaría un cambio significativo, el cual generó opiniones divididas.
¿De qué se trata?
El pasado 1 de septiembre, el Ministerio de Hacienda radicó en el Congreso de la República el proyecto de Ley de Financiamiento, conocido también como reforma tributaria, con el objetivo de modificar el sistema de recaudo de impuestos en el país.
Dentro de las disposiciones del proyecto, se generó preocupación en el sector de propiedad horizontal debido a los artículos 3 y 4, que mencionan el IVA aplicado a estos inmuebles, lo que causó alerta entre administradores y residentes.

Ante las inquietudes generadas, el Ministerio de Hacienda precisó que las cuotas de administración de propiedades horizontales residenciales estarán exentas del IVA, tal como se señala en el artículo 3 del proyecto.
Según el Ministerio, estas cuotas no constituyen una venta gravada, por lo que no se aplicará dicho impuesto a los propietarios ni a los inquilinos.
El Ministro de Hacienda, Germán Ávila, en el Consejo de Ministros, aclaró que circulan noticias falsas sobre la Ley de Financiamiento, de lo cual precisó que:
— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) September 3, 2025
✅ La canasta familiar no se toca: ningún producto será gravado.
✅ La Ley es progresiva: los sectores de mayores… pic.twitter.com/5RERCNCabn
Con relación al artículo 4, se estableció que los conjuntos residenciales estarán exentos del IVA en caso de arrendar o explotar servicios como parqueaderos o zonas comunes, garantizando así que estas actividades no incrementen la carga tributaria sobre los residentes.
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, afirmó que la iniciativa fue malinterpretada y aclaró que no se pretende imponer nuevos impuestos sobre las cuotas de administración en estos inmuebles residenciales, sino proteger a las familias y promover una mayor contribución de quienes tienen mayor capacidad económica.

¿Habrá implicaciones?
Frente al tema, el abogado Esteban García-Jimeno, especialista en derecho inmobiliario, explicó al medio RED+NOTICIAS que esta exención aplica exclusivamente a conjuntos residenciales.
“Propiedades horizontales de carácter comercial, como pueden ser edificios de oficinas, centros comerciales, consultorios médicos, y las de carácter industrial cuando cobren por zonas comunes, como parqueaderos, tendrían que incluir el VA en ese cobro”, explicó al medio citado anteriormente.
Por lo tanto, estos inmuebles comerciales enfrentarán un mayor impacto tributario en el caso de rentar sus espacios comunes, a diferencia de los conjuntos residenciales que quedan protegidos por la nueva regulación.
Cabe mencionar que este proyecto de Ley de Financiamiento apenas inicia su trámite en el Congreso de la República, donde será debatido y analizado para su posible aprobación o ajuste.

Periodista web de El País, comunicadora social y periodista egresada de la Universidad Autónoma de Occidente en Cali, Valle. Me gusta la reportería, presentación y la escritura.
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