Colombia
Nueva Ley en Colombia: Pago extra obligatorio para empleadas domésticas que deben cumplir los empleadores
Las personas deben de realizar este pago, de lo contrario tendrían problemas legales.

23 de sept de 2025, 12:19 a. m.
Actualizado el 23 de sept de 2025, 12:19 a. m.
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A partir de una reciente aclaración del Ministerio del Trabajo, los empleadores en Colombia están obligados a pagar un auxilio de transporte adicional a las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico que cumplan ciertos requisitos.
Cabe aclarar que esta medida, sustentada en la Ley 15 de 1959, busca garantizar que quienes prestan servicios en hogares puedan cubrir los costos de desplazamiento entre su residencia y el lugar de trabajo.
Por otro lado, este beneficio aplica exclusivamente para quienes devengan hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir, $2.847.000 en 2025.
En ese caso, el empleador debe pagar un auxilio de transporte mensual de $200.000, que debe sumarse al salario ordinario.
De igual forma. para quienes trabajan por días, el pago debe ser proporcional: $6.666 por jornada. Por ejemplo, si una trabajadora labora 15 días al mes, debe recibir $99.990 adicionales.
Asimismo, este derecho no es nuevo, pero ha sido reiterado por el Ministerio ante los frecuentes incumplimientos. La cartera laboral enfatizó que el desconocimiento de la norma no exime al empleador de su cumplimiento.

Cabe destacar que en caso de omisión, el trabajador puede iniciar una conciliación ante el Ministerio o interponer una demanda laboral.
En la norma, existen tres excepciones en las que el auxilio no aplica: cuando el trabajador reside en el lugar de trabajo, cuando el empleador provee transporte gratuito, o cuando el servicio se presta bajo modalidad de teletrabajo. Fuera de estos casos, el pago es obligatorio.
La medida tiene un impacto significativo en la formalización del trabajo doméstico, un sector históricamente marcado por la informalidad y la precarización.
De acuerdo con cifras del DANE, más del 90 % de las trabajadoras domésticas en Colombia son mujeres, muchas de ellas madres cabeza de hogar, y una gran proporción trabaja sin contrato ni prestaciones sociales.
Por otro lado, el Ministerio del Trabajo ha insistido en que el respeto por los derechos laborales de este grupo es clave para avanzar en equidad y justicia social.
Además del auxilio de transporte, las trabajadoras domésticas tienen derecho a afiliación a seguridad social, vacaciones, prima, cesantías y pensión, como cualquier otro trabajador formal.
De esta forma, desde la cartera hicieron dicho recordatorio legal se da en un contexto de mayor fiscalización laboral y de esfuerzos por reducir la brecha de género en el mercado laboral colombiano.
Para los empleadores, representa una obligación clara: cumplir con los pagos establecidos por ley y garantizar condiciones dignas para quienes prestan servicios esenciales en los hogares del país.