Colombia

La mujer que disparó al aire en un conjunto residencial en Bogotá podría recibir una fuerte condena

El alcalde Carlos Fernando Galán rechazó la expresión de violencia.

La situación fue atendida por parte de policías, pero no les permitieron ingresar al apartamento.
La situación fue atendida por parte de policías, pero no les permitieron ingresar al apartamento. | Foto: Captura de video

15 de jul de 2025, 02:56 a. m.

Actualizado el 15 de jul de 2025, 02:57 a. m.

La polémica desatada por la mujer que realizó disparos al aire desde el balcón de un apartamento en un conjunto residencial en Bogotá sigue viva. El último en pronunciarse fue el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, quien realizó una publicación por medio de su cuenta personal en X.

“Rechazo de manera contundente cualquier expresión de violencia. Desde ayer le solicité a la Fiscalía y a la Policía investigar los hechos, y espero que lo hagan con celeridad”, dijo el mandatario local en su red social.

Agregó que “el día que una bala que se dispara al aire caiga en la cabeza de un niño, toda la ciudad va a lamentarlo. No podemos aceptar este tipo de comportamientos en Bogotá”, recalcó.

Pero los ciudadanos también han utilizado las redes sociales para dar a conocer su rechazo ante estos hechos. Allí han manifestado el malestar y el peligro que atraviesan al enfrentar una situación similar, por ello lo que han solicitado es que las autoridades tomen cartas en el asunto y frenen estos hechos, por medio de un castigo jurídico.

Para el abogado Camilo Burbano, en este caso hay varios delitos que dependerán de la investigación que realice la Fiscalía General de la Nación.

“El artículo 356 nos dice que una persona que, teniendo permiso para el porte de armas, realice disparos sin que obre una justificación para ello, puede tener una pena que va de 1 a 5 años de prisión”, dijo el abogado a Semana.

Quien añadió que también se podría dar la cancelación del permiso para portar armas, que puede llegar hasta por 20 años.

Burbano expresó que si la persona no tiene un permiso de porte de armas, entonces se estaría en un delito mucho más grave, que es el de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, el cual tiene una pena mínima que va de los 9 a los 12 años, “siempre y cuando no concurran agravantes, momento en el cual estaríamos en una pena de 18 a 24 años”.

“¿Por qué les hago esta salvedad primero? Porque al poderse configurar un delito y este delito está en flagrancia, pues la Policía Nacional no solo tiene el deber de actuar, sino que tiene las herramientas para actuar. Eventualmente, inclusive, pueden entrar al domicilio de una persona que está cometiendo un delito si es en flagrancia, es decir, si están, como se diría comúnmente, con las manos en la masa, sin necesidad de una orden escrita de autoridad competente”, indicó el jurista.

Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.

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