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Este es el grupo de pensionados que podrán recibir un alza del 14 % en su mesada

Conozca las condiciones para acceder a un aumento de la pensión. La cual no aplica para todas personas.

Pareja mayor escuchando Pareja mayor escuchando a una mujer sobre su pensión.
Pensionados bajo régimen anterior a la Ley 100 aún pueden recibir un aumento del 14 % | Foto: Getty Images

23 de may de 2025, 04:35 p. m.

Actualizado el 23 de may de 2025, 04:35 p. m.

Un grupo específico de pensionados colombianos podrá acceder a un incremento del 14 % en su mesada mensual, conforme a las disposiciones del Acuerdo 049 de 1990, emitido por el extinto Instituto de Seguros Sociales (ISS).

Este beneficio no aplica de manera general, sino que está dirigido exclusivamente a quienes se pensionaron bajo el régimen anterior a la Ley 100 de 1993.

De acuerdo con este incremento, su principal objetivos es bridar un apoyo en la estabilidad económica de las personas que adquirieron su pensión con base en las normas previas a los cambios estructurales del sistema pensional colombiano, con el fin de mantener su poder adquisitivo.

El Ministerios calificó el video como falso y precisó que está generando desinformación.
Si se pensionó antes de 1994, podría tener derecho a un 14 % adicional en su mesada. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Requisitos para ser beneficiario del aumento

Conforme al artículo 20 del mencionado acuerdo, se establece que este porcentaje adicional será otorgado a quienes cumplieron con los requisitos antes de la implementación de la Ley 100.

Es decir, que no aplica para todos los pensionados, sino únicamente a quienes cumplieron con los requisitos para obtener su pensión por vejez o invalidez antes de la entrada en vigor de la reforma pensional de 1993.

Quienes comenzaron a recibir su mesada después de abril de 1994, en la mayoría de casos, no tienen derecho a este incremento.

Cabe aclarar que el aumento no se otorga de manera automática, sino que los interesados deben verificar si cumplen con los requisitos estipulados en el régimen anterior

El alza no aplica para:

  • Las personas con pensión de sobreviviente no tendrán este aumento económico.
  • Aquellos que se pensionaron con normativas posteriores, como la Ley 100 de 1993, no serán beneficiarios de este cambio.
Muchos de estos jubilados adquirieron préstamos estudiantiles hace décadas con la esperanza de mejorar sus perspectivas laborales.
Así funciona el beneficio del 14 % para regímenes anteriores. | Foto: Getty Images

Familiares en condición de dependencia

Este incremento no solo contempló un alza general para el pensionado, sino que tuvo en cuenta a los beneficiarios del ingreso económico, dependientes al jubilado, como lo son la esposa/o e hijos.

  • Para el cónyuge o pareja permanente del pensionado, tendrá un alza del 14 %.
  • Para los hijos en condición de dependencia, recibirá una 7 % adicional de pago.

Esta prestación, tipo auxilio económico, la reciben la compañera/o de vida e hijos, que dependen totalmente de la persona que cotizó y recibe una pensión de vida.

En general, esta ley buscó que los pensionados del antiguo sistema no pierdan capacidad económica frente a los cambios en las condiciones del país. A pesar de intentos legales por eliminarlo, el Consejo de Estado ratificó su validez, manteniendo el derecho al 14 % adicional.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.

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