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Esta es la razón por la que se podría quitar el apellido paterno en caso de que no le brinde cuota alimentaria

Conozca los motivos por los que puede llevar a cabo ese trámite.

30 de mayo de 2024 Por: Redacción El País
En estos casos se permite la remoción del apellido paterno en Colombia. | Foto: Jorge Orozco/El País

En Colombia, las leyes permiten, en casos muy específicos, que se remueva el apellido paterno de un menor de edad. De acuerdo con información del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Icbf, este es un procedimiento no conciliable que es conducido ante un juez de familia.

El derecho a la identidad de un niño, niña o adolescente no es conciliable; es decir, que las partes no pueden disponer de este derecho. En el evento que se encuentre en controversia la paternidad de un niño, niña o adolescente se debe adelantar según el caso, el proceso tendiente a la impugnación o investigación de la paternidad”, se asegura en el sitio web oficial del Icbf.

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El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar aclaró el tema. | Foto: Johan Toro

Para poder realizar este procedimiento, la madre del niño o niña tiene que presentar las pruebas que sirvan de justificación de estas acciones, velando por los derechos del menor.

Cabe destaca que en muchos casos, cuando una madre busca remover el apellido del padre, es mencionado el incumplimiento de la cuota alimentaria y otras responsabilidades para con el menor de edad. A pesar de esta situación, antes de buscar quitar el apellido, lo primero que se debe hacer es buscar resolver el problema del incumplimiento de las cuotas.

De acuerdo con el Código de Infancia y Adolescencia en Colombia, los padres están obligados a aportar dinero para el sostenimiento de sus hijos y si uno de los dos no cumple con dicha obligación, puede ser demandado legalmente por inasistencia alimentaria.

Juez - martillo
Un juez de familia es quien determina si el proceso debe realizarse. | Foto: Getty Images

Para llevar a cabo este proceso es necesario que el demandante presente una demanda de alimentos ante una Comisaría de Familia o un juez de familia, en donde expondrá la situación y se solicita que se fije una cuota alimentaria. Si a pesar de lo anterior el progenitor no cumple con su obligación, el juez podría sancionar a la persona a través del embargo de bienes y en casos extremos con la privación de la libertad.

Otro de los motivos por los que se busca remover el apellido paterno de los menores de edad es porque han sido víctimas de maltrato, abuso o abandono por parte del padre. En este caso, el procedimiento se lleva a cabo con el objetivo de garantizar el bienestar del niño o niña.

Si quiere remover el apellido paterno de sus hijos, debe tener en cuenta algunas consideraciones legales, ya que este proceso cuenta con restricciones, además, debe presentarse una solicitud ante un juez de familia y “deberá acudir a una notaría pública y deberá llevar una fotocopia de su cédula de ciudadanía y una copia auténtica de su registro civil de nacimiento”, explicaron desde la Notaría 19 de Bogotá.

Esto debe tener en cuenta si quiere quitar el apellido paterno de sus hijos

Para poder cambiar o remover el apellido de un menor de edad se deben cumplir algunas situaciones y se realiza bajo la supervisión de un juez de familia que constate que el procedimiento se realiza por el bien del niño y esta modificación no afecta emocional ni psicológicamente al menor.

Para ello, se debe contar con el consentimiento del padre biológico para poder cambiar el apellido, pues si este se opone, y la corte, luego de un estricto análisis, considera que la oposición está justificada, entonces se desestimará la petición de la madre.

Familia
Tenga en cuenta estos casos antes de solicitar la remoción del apellido. | Foto: Getty Images

Es importante que al iniciar con el procedimiento se tengan fundamentos sólidos y que justifiquen la necesidad del cambio, lo que incluye que se presenten pruebas y testimonios que contribuyan a la demostración de la urgencia del cambio o modificación del apellido paterno.

Este trámite no exonera a la persona de sus obligaciones administrativas, judiciales, penales o de cualquier otra índole. Por lo que nunca debe ser utilizado para evadir responsabilidades o compromisos previamente adquiridos”, concluyeron desde la Notaría 19 de Bogotá.

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