Colombia
Colegios enfrentarían cambio obligatorio por ley: padres podrían agradecer la medida
Uno de los puntos clave del proyecto es la prohibición de recargos por pago tardío.

28 de jul de 2025, 02:58 p. m.
Actualizado el 28 de jul de 2025, 02:58 p. m.
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En el Congreso de la República avanza el estudio de un proyecto que podría representar un alivio económico para los padres con hijos matriculados en colegios privados de Colombia. La iniciativa busca establecer límites claros en los incrementos de matrículas, pensiones y cobros periódicos en los colegios privados
Se trata del proyecto de ley 038 de 2025, que propone adoptar lineamientos que regulen los aumentos y recargos en los costos escolares, una medida orientada a mejorar el acceso y la permanencia de los estudiantes al sistema educativo.
La iniciativa, presentada por el senador Julio Alberto Elías, plantea que el incremento en el valor de las matrículas, pensiones y cobros periódicos en colegios privados del país, no exceda el índice de inflación del año anterior.

Este monto solo podrá ser superior, si existe una autorización del Ministerio de Educación o de la Secretaría de Educación territorial. “Para otorgar la autorización, la solicitud deberá estar acompañada de un informe que justifique de manera precisa los factores que fundamental el aumento”, señala el documento.
Además, si se concede dicha autorización, la entidad competente tendrá la responsabilidad de hacer seguimiento al cumplimiento de los argumentos presentados por la institución educativa. En caso de que se determine que el colegio incurrió en incumplimientos, no podrá presentar solicitudes en los siguientes años.
“Si se determina que las razones no se materializaron, dicha institución no podrá solicitar incrementos por encima del índice de la inflación del año inmediatamente anterior durante los cinco años siguientes al hallazgo”, añade el proyecto.
Otro punto clave del proyecto es la prohibición de recargos por pago tardío de matrículas en los niveles de educación preescolar, básica, media y superior.

Esto significa que los padres no podrán ser penalizados por pagar después de la fecha de vencimiento. No obstante, los colegios sí podrán ofrecer descuentos por pronto pago, con el fin de incentivar el pago oportuno.
De aprobarse el proyecto en el Congreso, el Ministerio de Educación Nacional deberá expedir la reglamentación necesaria dentro de los seis meses siguientes al inicio de la vigencia de esta ley.
“La reglamentación deberá incluir la creación de un mecanismo ágil y sencillo para que cualquier persona pueda denunciar el incumplimiento de lo previsto”, precisa el proyecto de ley.
Comunicadora social y periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con experiencia en medios digitales y en radio. En El País se desempeña como periodista multifuente desde el año 2022.