Política
Aceptan demanda para tumbar definitivamente la personería jurídica del Pacto Histórico: ¿de qué se trata?
Se espera que el Consejo de Estado tome una decisión en los próximos días.
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30 de oct de 2025, 01:55 p. m.
Actualizado el 30 de oct de 2025, 01:55 p. m.
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El Consejo de Estado admitió para su estudio una demanda que pretende declarar nula la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que otorgó de manera condicionada la personería jurídica al Pacto Histórico.
En un documento de 104 páginas presentado por los abogados Samuel Ortiz Mancipe y Lucas Durán, se argumenta que el CNE no podía conceder esa personería.
“La Ley establece una prohibición explícita y expresa, totalizante del acuerdo en punto a la fusión de un partido o movimiento político respecto de otro ante la mera existencia de un proceso sancionatorio en curso, lo que a la postre, al NO haber sido tenida en cuenta de manera adecuada y correcta en la Resolución acusada, hace que el acto adolezca del vicio nulitante de los actos administrativos en cuestión”, dice el documento.
Asimismo, en la demanda quedó plantado el hecho de que es reprochable que no solo las colectividades promovieran y el CNE aceptara otorgar la personería, aun cuando se supiera que hay procesos sancionatorios contra los partidos que buscaban unirse.
Quienes entablaron la demanda consideran que dichas actuaciones son una vulneración directa de la Constitución y las normas electorales.

“Permitir la fusión de partidos políticos y el consecuente reconocimiento de personería jurídica mientras existen procesos sancionatorios en curso podría generar un fraude a la Ley, como ya se mencionó y lo expuso la propia Corte Constitucional mediante la Sentencia C-490 de 2011, al posibilitar que las colectividades evadan responsabilidades (para el caso administrativas), debilitando la eficacia de las atribuciones de inspección, vigilancia y control que ejerce el Consejo Nacional Electoral” se lee en la demanda
Igualmente, se expuso que la resolución del CNE habría tenido falsa motivación, además de una interpretación indebida de las normas, por lo que se estaría sacando provecho indebido de la marca y logos usados en la campaña de 2022 para la carrera a la Presidencia y al Congreso de la República.
Así las cosas, y con todo lo ocurrido en las últimas horas, los hechos que se expusieron en la acción de nulidad fueron objeto de traslado tanto a los partidos que se fusionaron, Unión Patriótica, Partido Comunista y Polo Democrático, como para Progresistas y Minga, para que se puedan pronunciar en máximo 30 días.

La demanda, que fue enviada al Consejo Nacional Electoral, está a la espera de una respuesta y que además llegue el expediente mediante el cual se otorgó la personería jurídica condicionada.
Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.
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