Cali
¿Los pensionados serán afectados por la nueva reforma tributaria? Esto dice el documento del Gobierno Nacional
Los cobros en la retención en la fuente serían modificados, según el artículo 23.
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2 de sept de 2025, 04:17 p. m.
Actualizado el 2 de sept de 2025, 04:17 p. m.
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El Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República la nueva reforma tributaria, con la que busca recaudar cerca de $ 26 billones con el aumento de cobros en diversos sectores, generando incertidumbre en algunas personas.
Los pensionados, por ejemplo, podrían llegar a quedar involucrados en la reforma tributaria, en dado caso de ser aprobada, de acuerdo con el documento que radicó el Gobierno Nacional.
El artículo 23 de la reforma busca modificar el artículo 383 del Estatuto Tributario vigente, el cual estipula la tarifa de la retención en la fuente en algunos pagos, entre ellos los recibidos por pensiones.

Es decir, los pensionados en el país tendrán una nueva tabla de rangos para cobros de la retención en la fuente entre el 0 % y el 41 %.
No obstante, el documento también estipula que, si una pensión ya está clasificada como una renta exenta, no aplicará la retención.
En dado caso de ser aprobada la nueva reforma tributaria, la nueva retención en la fuente empezaría a regir desde el 1 de julio de 2026.
Otros aspectos incluidos en la reforma tributaria
Germán Ávila, ministro de Hacienda de Colombia, fue el encargado de entregar más detalles sobre esta iniciativa, e indicó que algunos aspectos que podrían aumentar de precio son la gasolina y los licores.
Por ejemplo, la reforma estipula un aumento en el IVA para el aguardiente y el ron, pasando de 5 % al 19 %. Además, el whisky, el brandy y el vodka también pasarán a tener un IVA del 19 %.
El Gobierno también comentó que, aunque los productos de la canasta familiar no serían tocados, la gasolina y el Acpm tendría un aumento en su IVA, pasando del 5 % al 10 % en 2026, para luego ubicarse en un 19 % en 2027.
Por otra parte, en el artículo 22 se incluyen cambios en los impuestos para ganancias ocasionales de loterías, rifas, apuestas y similares. “Fijase en un treinta y tres por ciento (33%), la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares”.
“Esperamos que haya un debate serio, responsable, que sea un debate en el cual se escuche las opiniones de los diferentes actores sociales, políticos, gremiales y económicos del país y en ese sentido creemos que garantizar la estabilidad económica y fiscal del país es una prioridad”, argumentó Ávila.
Comunicador social egresado de la Universidad Santiago de Cali. Escribo sobre los principales acontecimientos de Cali y el Valle del Cauca.