Colombia
Congresistas liberales radican proyecto de ley para que se pague recargo del 100 % en dominicales y festivos
Además se pide que el Gobierno Nacional implemente programas que sean dirigidos a la generación y protección de empleos.

Beatriz Elena Collazos
Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía.
4 de abr de 2025, 12:41 a. m.
Actualizado el 4 de abr de 2025, 12:41 a. m.
Dos semanas después de que la Comisión Séptima del Senado de la República hundiera el proyecto de reforma laboral que fue presentado por el Gobierno de Gustavo Petro, un grupo de congresistas del Partido Liberal tomó la decisión de radicar un proyecto de ley que busca revivir una parte de la iniciativa.
Es así como desde el Partido Liberal radicaron en la Secretaría General del Senado un proyecto de ley “por medio del cual se aumenta la jornada nocturna, la remuneración del trabajo dominical y festivo, además de otras disposiciones”.
Para esta iniciativa se cuenta con la firma de 12 congresistas liberales. De aprobarse dicho proyecto, esto tendría serios beneficios para los trabajadores que desempeñan funciones en horario nocturno y en días festivos y dominicales.

Dentro de la iniciativa se pide que el Gobierno Nacional implemente programas que esten dirigidos a la generación y protección de empleos, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.
Cabe señalar que el proyecto busca el pago del recargo del 100% en dominicales y festivos, y no del 75% como se ejecuta actualmente, algo que buscaba la iniciativa del Gobierno.
A esto se suma que la jornada nocturna, que hoy empieza a las 9:00 p. m., en este caso comience desde las 7:00 p. m., tal y como estaba establecido hace más de 20 años.

Entre las especificaciones del proyecto se encuentra:
Artículo 2. Modificación de la jornada nocturna. Se modifica el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“El trabajo diurno es aquel que se realiza entre las seis de la mañana (6:00 am) y las siete de la noche (7:00 pm). Por su parte, el trabajo nocturno es el que tiene lugar entre las siete de la noche (7:00 pm) y las seis de la mañana (6:00 am).”
Parágrafo: El Gobierno Nacional deberá implementar programas orientados a la generación y protección de empleo, conforme a la normatividad vigente.
Artículo 3. Modificación del recargo por trabajo en domingos y festivos. Se modifica el numeral 1 del artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará así:
“El trabajo realizado en domingos y días festivos se remunerará con un recargo equivalente al cien por ciento (100%) sobre el salario ordinario, en proporción a las horas laboradas”.
La Comisión Séptima del Senado de la República aprobó, el 18 de marzo de 2025, la ponencia de archivo del proyecto de reforma laboral del gobierno de Gustavo Petro, con ocho votos por el “Sí” y seis por el “No”.

Beatriz Elena Collazos
Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.
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