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Día sin carro y sin moto en Cali 2025: ¿cuáles son los vehículos exentos de la jornada?

La restricción regirá de 6:00 a.m. a 7:00 p.m. el próximo 22 de septiembre. Conozca las excepciones, el tipo de vehículos autorizados y las sanciones para quienes incumplan.

Cali: Movilidad día sin carro, 4 de mayo.  Foto José L Guzmán. EL País
Día sin carro y sin moto en Cali 2025: ¿quiénes sí podrán circular durante la jornada? | Foto: José Luis Guzmán. El País

13 de sept de 2025, 02:52 p. m.

Actualizado el 13 de sept de 2025, 02:52 p. m.

El 22 de septiembre de 2025, Cali vivirá el ‘Día de la Movilidad Activa y Sostenible’, una medida que prohibirá la circulación de carros y motos particulares en la ciudad entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche.

La jornada busca alinearse con el Día Mundial sin Automóvil y convertirse en una estrategia recurrente para fomentar el uso del transporte público, la bicicleta y la caminata como medios de desplazamiento sostenibles.

El 22 de septiembre de 2025, Cali vivirá por primera vez el ‘Día de la Movilidad Activa y Sostenible’,
El 22 de septiembre de 2025, Cali vivirá por primera vez el ‘Día de la Movilidad Activa y Sostenible’, | Foto: Secretaría de Movilidad

El decreto, expedido por la Administración Distrital de Alejandro Eder, establece que la restricción no aplicará de manera general, pues habrá una lista de excepciones.

Entre ellas se encuentran los vehículos de emergencia, los de la Fuerza Pública, transporte de servicios públicos esenciales, así como automotores destinados a la distribución de alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad.

De igual forma, estarán autorizados a circular los vehículos que transporten personas con movilidad reducida, los automotores eléctricos e híbridos, el transporte escolar, los vehículos de seguridad privada, así como quienes demuestren desplazamientos vinculados a vuelos programados.

También se permitirá el tránsito de personal médico y asistencial debidamente acreditado, medios de comunicación con identificación permanente y vehículos fúnebres.

La medida busca generar beneficios ambientales y de movilidad como la disminución significativa de emisiones contaminantes; la promoción de hábitos de transporte sostenible; y la reducción de la congestión en las vías principales de Cali.
La medida busca generar beneficios ambientales y de movilidad como la disminución significativa de emisiones contaminantes; la promoción de hábitos de transporte sostenible; y la reducción de la congestión en las vías principales de Cali. | Foto: Secretaría de Movilidad de Cali

El subsecretario de Movilidad Sostenible, Carlos Santacoloma, recordó que este decreto contempla no solo la jornada de septiembre de 2025, sino también las que se realizarán en abril y septiembre de 2026 y 2027.

“Es muy importante que los ciudadanos revisen el documento, presenten observaciones y hagan las solicitudes necesarias, de modo que podamos dejar estas fechas oficialmente definidas”, explicó.

Según el proyecto de decreto, la infracción se sancionará con el código C-14 del Código Nacional de Tránsito, que aplica para quienes transiten por sitios restringidos o en horarios prohibidos.

Esto significa una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, alrededor de $650.000 en 2025. Además, la falta conllevará la inmovilización del vehículo.

Fuentes de la Secretaría de Movilidad de Cali, consultadas por El País, precisaron que, al igual que en otras medidas similares como el pico y placa, quienes realicen el curso pedagógico en los primeros cinco días hábiles podrían obtener descuentos de hasta el 50 %.

una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, alrededor de $650.000 en 2025.
una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, alrededor de $650.000 en 2025. | Foto: Secretaría de Movilidad de Cali

Durante la jornada, los agentes de tránsito estarán facultados para detener los vehículos y verificar la documentación que acredite la excepción.

Por ejemplo, el personal de salud deberá portar carnet institucional, mientras que las personas que se desplacen por viajes aéreos deberán mostrar tiquetes o soportes que prueben su itinerario. En el caso de domiciliarios y mensajeros, será obligatorio portar uniforme y distintivos permanentes en los vehículos.

Comunicador social y periodista de la Universidad Antonio José Camacho. Tecnólogo en Producción Audiovisual y técnico en Diseño e Integración Multimedia del SENA, además de especialista en Fotografía Publicitaria. Experiencia en periodismo de campo frente a cámara, redacción web y gestión de redes sociales

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