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Política

Corte Constitucional dice que Procurador no está inhabilitado para pronunciarse sobre la reforma pensional

El funcionario había esgrimido impedimento por su anterior cargo como secretario general del Congreso.

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Gregorio Eljach, Procurador General de la Nación, no tendría impedimento para emitir concepto sobre reforma pensional. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Luz Stella Cardona Ruiz

Periodista de la Universidad del Valle con casi 30 años trabajando en medios impresos como El Espectador y El País, y desde hace unos años he incursionado en periodismo digital.

6 de abr de 2025, 02:59 a. m.

Actualizado el 6 de abr de 2025, 03:30 a. m.

La Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante el auto 455 de 2025, declaró “infundado” el impedimento manifestado por el procurador general, Gregorio Eljach, para emitir concepto sobre las demandas contra la Reforma Pensional que presentó el presidente Gustavo Petro.

jorge enrique ibáñez Presidente de la Corte Constitucional
jorge enrique ibáñez Presidente de la Corte Constitucional, uno de los ponentes en la demanda que interpuso la senadora Paloma Valencia contra la reforma pensional, fue el encargado de tomar la decisión respecto al impedimento de Eljach. | Foto: esteban vega la-rotta-semana

Para el alto tribunal, el cargo como secretario general del Senado no constituye un argumento que sustente la falta de imparcialidad en Eljach, teniendo en cuenta las discusiones en el Congreso del proyecto.

“Las actuaciones que desarrolló, que constan en las Gacetas 203 de 2023 y 497 de 2024, no tienen incidencia de cara a los cargos de inconstitucionalidad admitidos en el presente proceso, pues no se acreditó alguna relación entre las funciones ejercidas como secretario del Senado de la República respecto a un presunto vicio de procedimiento acaecido en la Plenaria de la Cámara de Representantes”, dice la Corte Constitucional en el documento, según cita Blu Radio.

El funcionario se declaró impedido hace algunos días, aduciendo su participación en todas las sesiones en las que se debatió la reforma pensional en el Congreso.

Como se recordará, el lunes 31 de marzo, el procurador Eljach, formalmente se declaró impedido para emitir concepto sobre la ley con la que el presidente de la República Gustavo Petro busca reformar el sistema de pensiones en el país.

A través de un comunicado señaló ante la Corte Constitucional que su participación previa en el trámite de la Ley 2381 de 2024 podría “comprometer su imparcialidad” en el proceso de revisión de constitucionalidad de dicha normativa.

Eljach insistió en su implicación en el trámite legislativo, lo que podría ser interpretado como un conflicto de interés, por eso tomó la decisión de apartarse del caso.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, pero también uno de los ponentes en la demanda que presentó la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, contra la reforma pensional, fue el encagado de dirimir la situación dentro del alto tribunal en cuando a rechazar el impedimento de Eljach.

Como se sabe, contra el pronunciamiento de la Corte Constitucional no cabe ningún recurso, por tanto, el procurador general de la Nación, Gregorio Eljach tendrá que emitir concepto sobre el proyecto de reforma pensional que se espera entre a regir a partir del 1 de julio.

Resumen política 2024
Reforma pensional está pendiente del pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre su inconstitucionalidad o no. Foto Guillermo Torres Reina / Semana | Foto: Guillermo Torres / Semana
Gregorio Eljach, procurador general.
Gregorio Eljach, procurador general, había argumentado que su cargo como secretario general del Congreso sería un impedimento para pronunciarse sobre la reforma. | Foto: Cortesía Universidad Externado

“A partir de lo expuesto y del análisis de los supuestos fácticos reseñados por el Procurador General de la Nación, se concluye que es infundado el impedimento presentado por él para conceptuar sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024. En efecto, aunque los presuntos vicios admitidos para estudio por parte de la Sala Plena son de forma, lo que llevaría, en principio, a que el impedimento fuera aceptado en atención a las funciones propias del Secretario General del Senado; del análisis del caso concreto se extrae que no se probó una relación de correspondencia entre los hechos expuestos y la causal invocada”, puntualiza la Corte Constitucional.

Luz Stella Cardona Ruiz

Periodista de la Universidad del Valle con casi 30 años trabajando en medios impresos como El Espectador y El País, y desde hace unos años he incursionado en periodismo digital.

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