Colombia

Ojo afiliados de Sisbén: estas son las personas que deberán pagar para tener cobertura de salud

El Ministerio de Salud informó que ciertos afiliados del Sisbén deberán realizar un aporte mensual a través de la contribución solidaria para seguir vinculados al régimen subsidiado.

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Afiliados del Sisbén deberán pagar para mantener la atención médica.
Afiliados del Sisbén deberán pagar para mantener la atención médica. | Foto: Montaje Jesús Chacín/El País con fotos de: (Sisben)

23 de oct de 2025, 02:43 a. m.

Actualizado el 23 de oct de 2025, 12:35 p. m.

Una advertencia reciente del Ministerio de Salud y Protección Social encendió las alertas entre los afiliados al Sisbén; algunos ciudadanos deberán realizar un pago mensual obligatorio para garantizar su continuidad en el régimen subsidiado de salud.

La medida busca mantener la cobertura para quienes no cumplen los criterios de gratuidad, pero tampoco pueden ingresar al régimen contributivo.

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Una advertencia reciente del Ministerio de Salud y Protección Social. | Foto: Montaje Jesús Chacín/El País con fotos de: Ministerio de Salud

Esta disposición cobija principalmente a los afiliados clasificados en el Grupo D del Sisbén IV, segmento que agrupa a personas con ingresos medios o inestables. Aunque no cuentan con capacidad económica suficiente para cotizar en el régimen contributivo, su nivel de ingresos los excluye de los grupos priorizados para recibir el subsidio total.

El modelo que regula este cobro se conoce como “contribución solidaria”, una figura que permite conservar la afiliación al régimen subsidiado mediante un aporte mensual ajustado al nivel de ingresos del hogar. Este mecanismo ya está contemplado en la normatividad del sistema general de seguridad social en salud y se activa cuando el usuario mantiene condiciones socioeconómicas intermedias.

El pago deberá hacerse cada mes, por medio de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA) u otros canales habilitados, con fecha límite al último día hábil del mes. Si el afiliado no cancela por dos periodos consecutivos, la cobertura podrá ser suspendida temporalmente, afectando a todo el núcleo familiar. Además, la mora genera intereses y la obligación de ponerse al día para restablecer la afiliación.

La medida no afecta a los afiliados de los grupos A, B o C del Sisbén IV, quienes continuarán recibiendo atención médica sin costo alguno.

El pago deberá hacerse cada mes, por medio de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA).
El pago deberá hacerse cada mes, por medio de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA). | Foto: Captura de pantalla

En cambio, los del Grupo D en sus distintos subniveles deberán asumir el nuevo aporte solidario para conservar los beneficios del sistema. Pese a ello, seguirán teniendo acceso a los servicios de salud del régimen subsidiado, incluyendo atención médica, medicamentos y hospitalización.

Aunque estos afiliados deben pagar mensualmente, aún están sujetos a copagos y cuotas moderadoras, tal como lo establece la ley para su clasificación. El objetivo, de acuerdo con el Ministerio, es garantizar la sostenibilidad del sistema de salud y ampliar la cobertura sin excluir a quienes no pueden pagar una EPS contributiva.

Con esta decisión, el Gobierno busca equilibrar la balanza entre quienes reciben subsidios totales y quienes pueden contribuir parcialmente al sistema, evitando que miles de personas pierdan la afiliación por cambios en su nivel socioeconómico.

Los ciudadanos clasificados en el grupo D del Sisbén IV deberán pagar mensualmente una contribución solidaria para seguir afiliados al régimen subsidiado.

Comunicador social y periodista de la Universidad Antonio José Camacho. Tecnólogo en Producción Audiovisual y técnico en Diseño e Integración Multimedia del SENA, además de especialista en Fotografía Publicitaria. Experiencia en periodismo de campo frente a cámara, redacción web y gestión de redes sociales

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