Economía

Estos son los pensionados que no recibirán mesada 13, según Colpensiones: no tendrán prima de Navidad

Dicho beneficio se entrega junto con la mesada de noviembre, pero solo si cumple con lo estipulado por Colpensiones.

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La iniciativa hace parte de la reforma pensional y prioriza a quienes no cuentan con pensión ni ingresos estables.
La medida prioriza a quienes hacen parte de Colpensiones. | Foto: 123RF

19 de nov de 2025, 11:12 p. m.

Actualizado el 19 de nov de 2025, 11:12 p. m.

A medida que se acerca diciembre, miles de jubilados en Colombia esperan la llegada de la prima de Navidad, conocida formalmente como la mesada 13.

Y es que, la legislación colombiana establece, en el Artículo 50 de la ley 100 de 1993, que los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia reciben cada año una mensualidad adicional.

Esta se entrega junto con la mesada de noviembre, en la primera quincena de diciembre, y corresponde exactamente al valor de la pensión mensual que recibe cada beneficiario, sin descuentos ni retenciones adicionales.

Dicho pago adicional, se calcula sobre el valor de la pensión mensual que ya recibe el jubilado, sin descuentos adicionales, eso, sin dejar de lado que se ajusta anualmente con el incremento que sea decretado por el Gobierno, de acuerdo al artículo 14.

“Con el objeto de que las pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez y de sustitución o sobreviviente, en cualquiera de los dos regímenes del sistema general de pensiones, mantengan su poder adquisitivo constante, se reajustarán anualmente de oficio, el primero de enero de cada año, según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor, certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior”.

La carga de cuidados que recae sobre las mujeres es una estructura difícil de cambiar en la sociedad.
Solo quienes cumplen con las medidas impuestas por Colpensiones, para acceder a la pensión, pueden recibir el beneficio de la mesada 13. | Foto: 123 Rf

Sin embargo, no todos los pensionados recibirán este pago adicional, pues este derecho aplica únicamente para quienes accedieron a una pensión reconocida (de vejez, invalidez o sobrevivencia).

Así las cosas, quienes no recibirán la prima de Navidad son principalmente las personas que, tras años de aportes, no alcanzaron el número mínimo de semanas cotizadas para pensionarse.

En estos casos, el sistema no otorga una mesada vitalicia, sino que realiza una devolución de saldos, donde se entrega al afiliado el dinero cotizado, pero esto no genera derecho a recibir mesadas mensuales, ni tampoco a las mesadas adicionales 13 y 14.

El descuento por salud varía según el monto de la pensión: 4 %, 10 % o 12 %, conforme a la Ley 2294 de 2023.
El valor de la mesada se ajusta al monto que se estipule cada año. | Foto: 123RF

En otras palabras, quienes obtuvieron devolución de aportes no son considerados pensionados, por lo que no están cobijados por los beneficios asociados a una pensión.

Cabe decir que, para obtener una pensión de vejez se deben cumplir dos condiciones fundamentales según Colpensiones, cumplir con una edad mínima: 62 años para los hombres y 57 para las mujeres, y tener el mínimo de semanas cotizadas exigido por la ley vigente.

Ahora bien, quienes sí reciben este pago adicional por parte de Colpensiones, debe contar con sus datos actualizados, ya que la transferencia se hace directamente a la cuenta registrada por cada pensionado.

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