Cali
Comerciantes del sector de La Luna habrían protestado en la madrugada del domingo; este sería el motivo
Manifestantes no estarían de acuerdo con horario de cierre de establecimientos.

30 de jun de 2025, 01:56 a. m.
Actualizado el 30 de jun de 2025, 01:56 a. m.
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Un video que empezó a circular desde la mañana de este domingo, 29 de junio, sería la evidencia de una protesta que realizaron varias personas, al parecer, vinculadas a establecimientos nocturnos, en el sector de La Luna, esta madrugada en Cali.
De acuerdo con la publicación hecha por el medio Radio Calidad, varios trabajadores de estos locales, cerraron vías con vallas y quemaron objetos a altas horas de la madrugada, como protesta ante el cierre de sus establecimientos antes de la hora legal para realizarlo.
Grupos de vecinos confirmaron que, en efecto, la protesta se llevó a cabo entre las 2:00 y 3:00 a. m. de este domingo.
Al parecer, quienes laboran en estos establecimientos nocturnos rechazan que la Policía los obligue a sacar los clientes y cerrar desde la 1:00 a. m., cuando según ellos, el horario establecido son las 3:00 a. m.
No obstante, ningún representante de este gremio se ha manifestado públicamente con algún comunicado oficial.
La Secretaría de Seguridad y Justicia de Cali, hasta el momento, no se ha pronunciado sobre este hecho, tampoco desde la Secretaría de Gobierno.
Cabe recordar que desde el mes de marzo, Mediante el Decreto No. 4112.010.20.0122 de 2025, la Alcaldía Distrital de Cali definió el horario permitido para los establecimientos de comercio donde se expenda y consuma licor en el Distrito de Santiago de Cali.

Según este decreto, los establecimientos de comercio que ejercen la actividad económica de expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del negocio, tendrán un horario que será de 10:00 a. m. a 3:00 a. m. del día siguiente.
Respecto a estos locales, el documento exige que “deberán garantizar que su atención al público se realice exclusivamente al interior del inmueble, evitando la ocupación indebida de espacios”.
Así mismo, establece que “está prohibida la instalación de elementos que obstaculicen la movilidad o afecten el tránsito peatonal y vehicular”.

Mientras que, por otro lado, los establecimientos de comercio que ejercen actividades como la venta de bebidas alcohólicas al público para el consumo, pero por fuera de los mismos, para estos aplica un horario diferencial de funcionamiento, que es de 10:00 a. m. hasta la 1:00 a. m. del día siguiente.
Esta última disposición estaría afectando a algunos tipos de locales como los llamados estancos, que por definición son expendedores de bebidas alcohólicas, pero no establecimientos para su consumo, sin embargo, algunos estarían permitiendo el consumo en espacios públicos.