Salud
¿Quién debe responder por los costos de los biopolímeros? Muchos dicen que la EPS y esto es lo que dice la Corte en Colombia
Los biopolímeros y otras sustancias modelantes no aprobadas son a menudo inyectados por personas sin la debida autorización y en lugares que no cumplen con las normas sanitarias.
En Colombia, el uso de biopolímeros para procedimientos estéticos ha desencadenado una crisis de salud pública. Varias mujeres, incluidas figuras del espectáculo, han sufrido graves complicaciones debido a la aplicación de estas sustancias.
Los biopolímeros, comúnmente infectados en centros de estética no autorizados, pueden causar deformidades, cicatrices y migrar a órganos vitales, lo que resulta en daños severos y, a menudo, permanentes para la salud del paciente.
El problema de los biopolímeros
Los biopolímeros y otras sustancias modelantes no aprobadas son a menudo inyectados por personas sin la debida autorización y en lugares que no cumplen con las normas sanitarias. Estos procedimientos, buscados por su costo relativamente bajo y la promesa de resultados rápidos, conllevan riesgos significativos.
Las complicaciones incluyen reacciones inflamatorias, infecciones, y en muchos casos, la migración de las sustancias a otras partes del cuerpo, lo que puede comprometer la salud y la vida de las personas afectadas.
Una vez inyectados, los biopolímeros son extremadamente difíciles de eliminar. La extracción completa de estas sustancias es casi imposible y las cirugías para removerlas son complejas y costosas.
Incluso después de una intervención quirúrgica, los pacientes a menudo quedan con cicatrices y secuelas físicas y emocionales. En respuesta a esta situación, Colombia ha implementado una ley que penaliza la aplicación de biopolímeros no autorizados, con penas de cárcel para los infractores. Esta medida busca disuadir la práctica y proteger la salud pública.
Decisión de la Corte Constitucional
El 24 de junio de 2024, la Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo significativo respecto a la responsabilidad de las EPS (Entidades Promotoras de Salud) en el tratamiento de pacientes afectados por biopolímeros.
El tribunal falló a favor de varias mujeres que habían presentado tutelas después de que sus EPS les negaran los servicios médicos necesarios para la extracción de estas sustancias, argumentando que se trataba de procedimientos estéticos.
La Corte reconoció que los procedimientos médicos para la extracción de biopolímeros están incluidos en el Plan de Beneficios de Salud, lo que implica que las EPS deben cubrir los costos de estos tratamientos. En un comunicado oficial, la Corte afirmó: “Están incluidos en el Plan de Beneficios de Salud, por lo tanto, las EPS deben asumir el costo del tratamiento”.
Impacto del fallo
Este fallo se produjo después de que la Corte evaluara el caso de seis mujeres a quienes las EPS les habían negado la prescripción y autorización de los servicios médicos necesarios para tratar las complicaciones derivadas de los biopolímeros.
La decisión de la Corte establece un precedente importante para la protección de los derechos de los pacientes y asegura que aquellos afectados por procedimientos estéticos no autorizados reciban el tratamiento médico necesario sin tener que asumir los costos por su cuenta.