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Corte Constitucional tumbó el nombramiento de Alfredo Saade

Declarando inexequibles los decretos de la emergencia en La Guajira, la Corte también anuló la creación del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira, el cual iba a ser manejado por Saade.

9 de noviembre de 2023 Por: Redacción El País
Saade salió en defensa del Gobierno Petro y el tema de las chuzadas del que se le acusa. Imagen: Twitter.
Como la Sala Plena lo tumbó, también se cayó el nombramiento que el Gobierno le había hecho a Alfredo Saade. | Foto: El País

La Corte Constitucional tumbó otros dos artículos de la emergencia económica, social y ecológica en La Guajira, declarada por el gobierno del presidente Gustavo Petro. El primero fue el 1276 de 2023, sobre las medidas para la transición energética, y el segundo fue el 1250 de 2023, el cual adoptaba “las medidas en materia de agua y saneamiento básico”.

Ante este último, se había creado el Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira, el cual debía “gestionar el recurso hídrico en el territorio del departamento de La Guajira y la reducción de la vulnerabilidad de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo con relación a la falta de acceso al agua de la población”.

Sin embargo, como la Sala Plena lo tumbó, también se cayó el nombramiento que el Gobierno había hecho a Alfredo Saade, el pastor cristiano, conocido por su lema “levántate Colombia” y por su apoyo a la campaña presidencial del Pacto Histórico, como director de esta entidad por el Gobierno en el marco del estado de emergencia en La Guajira.

Alfredo Saade se excusó por la publicación de ese video (imagen de referencia).
Alfredo Saade se pronunció sobre esta decisión de la Corte Constitucional. | Foto: Archivo Semana / Esteban Vega La Rotta

El pasado 13 de octubre, la Presidencia de Colombia publicó la hoja de vida de Alfredo Rafael Saade Vergel para ser el director general del Instituto de la Gestión del Agua de la Guajira.

La hoja de vida publicada por Presidencia indica que Alfredo Saade es abogado de la Universidad Libre y cuenta con una especialización en Gerencia de Gobierno y Gestión Pública. Es experto en marketing político, de la Universidad del Rosario, y en desarrollo urbano. Además, dice el currículum, pasó por el Área Metropolitana de Valledupar (Cesar), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Asociación Colombiana de Áreas Metropolitanas (Asoareas). A nivel político, antes de llegar al Pacto Histórico, militó en el Centro Democrático, en Cambio Radical y en el Partido Liberal.

Sin embargo, este nombramiento se anuló, por lo que Saade se quedó sin cargo en el Gobierno nacional de Gustavo Petro. Ante esto, Saade reaccionó asegurando que la Corte Constitucional fue “mezquina” con La Guajira.

“No es cierto que haya tumbado mi nombramiento, lo que hizo fue negarle la oportunidad a la guajira de solucionar su problema de falta de agua que lleva a la muerte a niños ancianos todo el año. La corte constitucional fue mezquina con la guajira. Gracias presidente @petrogustavo por la confianza. Levántate Colombia”.

La Corte documentó arios crímenes en contra de los firmantes del Acuerdo de Paz.
La Corte ya ha tumbado varios decreto de la emergencia en La Guajira, declarada por el presidente Petro. | Foto: Colprensa

Varios son los que han reaccionado ante esta noticia. El primero fue Daniel Briceño, concejal electo de Bogotá, quien celebró por medio de su cuenta de X que la Corte Constitucional haya tumbado el nombramiento del exprecandidato presidencial del Pacto Histórico.

“Qué buena noticia que la Corte Constitucional haya tumbado la creación del Instituto de Gestión del Agua en La Guajira, que iba a ser dirigido por Alfredo Saade. Los problemas del país no se solucionan creando burocracia inútil a la medida de los amigos del presidente Petro”, escribió Briceño.

Por us parte, Andrés Forero, representante a la Cámara del Centro Democrático, también dijo que la decisión de la Corte era una “gran noticia. La Corte Constitucional tumba el nombramiento del pastor Alfredo Saade, el mismo que destila odio contra sus contradictores y pretende cerrar el Congreso”.

Más de un mes después de declarar inexequible al decreto de estado de emergencia en La Guajira, la Corte Constitucional se sigue pronunciando frente a los decretos reglamentarios. Esta vez tumbó el que estableció tarifas adicionales que llegaban en las facturas de energía.

La Sala Plena del alto tribunal, aunque no ha publicado la sentencia completa, definió el 2 de noviembre que el Decreto 1276 del 31 de julio de 2023, publicado sobre la base del estado de emergencia que el gobierno de Gustavo Petro había decretado para La Guajira, no puede continuar en su vigencia.

El presidente Gustavo Petro decretó la emergencia económica en La Guajira. El resto del país no se escapa del riesgo, pero jurídicamente podría ser inviable.
El presidente Gustavo Petro decretó la emergencia económica en La Guajira hace meses. | Foto: juan carlos sierra-semana / Cristian Garavito - Presidencia / Isagen

La Corte, en primer lugar, consideró que el 2 de octubre emitió la sentencia con la que declaró inexequible el estado de emergencia económica, social y ecológica en La Guajira. Con esa decisión se configuró una figura denominada ‘efectos diferidos’ por el término de un año.

Se trata de una posibilidad de que hasta julio de 2024 sigan vigentes medidas relacionadas con la sequía, la desnutrición y el fenómeno de El Niño al norte del país, algo en lo que no tiene que ver la sobretasa de energía, que iba desde los mil hasta los cinco mil pesos por recibo de luz en los estratos 4, 5 y 6:

“La Corte encontró que el Decreto Legislativo 1276 del 31 de julio de 2023 contiene medidas con alcance tributario, de ampliación de la cobertura y acceso al servicio público de energía eléctrica, de sostenibilidad económica para la subsistencia de la población y rescate de la transición energética y otras de carácter presupuestal. Ninguna de estas se relaciona con el efecto diferido de la Sentencia C-383 de 2023″.

En ese sentido, el Tribunal Constitucional “declaró la inexequibilidad por consecuencia de todas las medidas incluidas en el decreto examinado”. Es decir, como el estado de emergencia es inconstitucional, el decreto de la tarifa de energía también lo es.

*Redacción EL PAÍS y Colprensa.

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