DECRETO
En el Valle ya se analiza el decreto de excarcelación por el coronavirus
Las autoridades estiman que, solo de la cárcel Villahermosa de Cali, salgan unos 300 reclusos.
La decisión del Gobierno de avalar la excarcelación transitoria de más de 4000 presos para reducir el hacinamiento en las cárceles y evitar la propagación del Covid-19, que provocó la muerte de dos reclusos de una prisión de Villavicencio, ya empezó a ser analizada y socializada en el departamento del Valle, en especial en Cali.
La medida, concedida a través de un decreto y por seis meses, “tiene un gran sentido humanitario para que las personas que puedan estar expuestas con mayor vulnerabilidad al virus puedan salir de la reclusión intramural carcelaria y pasar a reclusión domiciliaria mejorando sus condiciones de protección en términos de salud”, explicó el presidente Iván Duque en una declaración a la prensa.
Actualmente, en Colombia hay 122.631 privados de la libertad, en las 132 cárceles en todo el país, pese a que su capacidad no puede superar los 80.928 reclusos. Hay una sobrepoblación de 41.703 personas.
Solo en la cárcel Villahermosa, ubicada en el barrio Villanueva, oriente de la ciudad de Cali, hay una sobrepoblación del 200%. Es decir, 5960 personas se encuentran recluidas en este centro penitenciario, que solo tiene capacidad para 2046.
El mayor Edgar Iván Pérez Ortega, director encargado de Villahermosa, dijo que desde que empezó la emergencia sanitaria por el tema del coronavirus en el país, en la cárcel cambió la manera de trabajar y los protocolos. Y que además, desde antes de conocerse el decreto de excarcelación ya se venía estudiando la situación de cada uno de los reclusos.
Incluso, una guardiana del Inpec, que apoya el área jurídica de la cárcel de Villahermosa, aseguró, por ejemplo, que la semana pasada “realizamos una brigada donde se evaluaron 1500 internos y se hizo un filtro para verificar cuáles son los reclusos que pueden tener una domiciliaria, libertad condicional o libertad por el tiempo cumplido. Este filtro lo enviamos a los juzgados para su estudio y luego un juez determinará si el interno obtiene el beneficio”.
Le puede interesar: Debate por traslado a Colpensiones y otros ajustes en pensiones en crisis de Covid-19
Silvana Uribe, fiscal especializada del Valle, por su parte, indicó que “el decreto es una medida razonable en medio de la pandemia para salvaguardar vidas, y por supuesto se deben cumplir los requisitos taxativos de la norma y los delitos más graves están excluidos. Sin embargo, esto no quiere decir que nosotros como Fiscalía, que tenemos la facultad de perseguir el delito, vamos a bajar la guardia”.
A su vez, el personero de Cali, Harold Andrés Cortés, manifestó que “el decreto se quedó corto junto a lo que se buscaba que era la descongestión de las cárceles del país. Hay que tener presente que se dejó como exclusión de este beneficio 70 conductas punibles, de las cuales son por las que mayormente están condenadas hoy las personas en Colombia”.
“Si aterrizamos el decreto a Cali, a Villahermosa, inicialmente se había hecho un estimado de que podrían salir entre 200 y 300 personas, eso con el borrador. Pero hoy, con las excepciones, todo pinta muy distinto. Yo creo que el decreto está pasando por encima de muchas garantías constitucionales, como lo es la dignidad, la igualdad, pero sobre todo la salud de las personas privadas de la libertad”, acotó Cortés.
Asimismo, William Andrey Espinosa, personero de Palmira, afirmó que en la cárcel de la ciudad hay 2500 internos, cuando la capacidad es de 1250. Ahí vamos a estar acompañando a las autoridades para que todo se pueda dar efectivamente, en el corto plazo. “Esperamos que se puedan ver beneficiadas más de 200 personas”, expresó.
Desde el Concejo de Cali se pidió prestar atención a las estaciones de policía que hoy operan como ‘centros de reclusión’, pues pueden ser focos de contagio.
Sobre el decreto
El decreto establece que la excarcelación está dirigida a personas mayores de 60 años, mujeres en estado de embarazo y con niños menores de tres años, además de personas que padecen cáncer, VIH, insuficiencia renal crónica, hepatitis, hipertensión, artritis reumatoidea, entre otras patologías que deben ser tratadas con medicamentos inmunosupresores.
También a las personas que tengan movilidad reducida por causa de alguna discapacidad, sumado a quienes estén condenados a penas de hasta cinco años, que tengan medida de aseguramiento por delitos culposos y quienes hayan cumplido el 40% de su pena en la cárcel.