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Esto pasará con los negocios de Epa Colombia mientras esté tras las rejas en El Buen Pastor
La creadora de contenido fue condenada a cinco años y dos meses de prisión.
Karol Samantha, pareja de Epa Colombia, contó qué pasará con los negocios de la creadora de contenido condenada a cinco años y dos meses de prisión por perturbación en servicio público de transporte colectivo u oficial, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.
La empresaria cumplirá la sentencia en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, centro penitenciario en el que permanece desde este 30 de enero por los hechos ocurridos en noviembre de 2019, cuando Barrera destruyó una estación de Transmilenio con un martillo.
Aunque Epa Colombia saltó a la fama por su contenido en redes sociales, desde hace tiempo también es reconocida por su empresa especializada en keratinas. Frente a las dudas de muchos seguidores de la creadora de contenido sobre el rumbo de sus peluquerías, Karol Samantha rompió el silencio.
“No hay nada más lindo que tener a Dios en nuestro corazón y tener el cariño y apoyo de todas ustedes, infinitas gracias por no dejar sola a Dane en estos momentos”, aseguró la pareja de Barrera a través de redes sociales.
Y aclaró cuál será el futuro de los negocios de Epa Colombia. “Queremos contarles que mientras ella no esté presente, seguimos esperándolas en nuestras sedes Carvajal, Medellín y Restrepo. No dejen de consumir los mejores productos capilares del mercado, no dejen de apoyarnos”, añade el mensaje.
¿Por qué fue condenada?
La Corte Suprema de Justicia ratificó la responsabilidad de la creadora de contenido en los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial e instigación a delinquir con fines terroristas.
Tras realizar un proceso de impugnación por parte de la defensa de Barrera Rojas luego de las condenas en primera y segunda instancia, el alto tribunal resolvió mantener la condena y determinó la captura de la procesada.
Dentro de sus argumentos señaló que la libertad de expresión “no es absoluta y deja de ser lícita cuando a través de ella se propaga la violencia destructiva de bienes jurídicos personales o de uso público, entre otros”.
A su vez, el alto tribunal consideró que con sus actuaciones instigó de manera consciente y voluntaria a sus seguidores para imitarla “en la ejecución de similares conductas (delictivas)”, lo que es incompatible con la garantía de la protesta social.
Además de la condena, la Corte Suprema determinó la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, e inhabilitación “para el ejercicio del oficio de influencer o youtuber” y el pago de una multa por el equivalente a 492,24 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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