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Superintendencia de Sociedades rechaza acuerdo entre Deportivo Cali y la Cámara de Comercio para reorganización empresarial del equipo
El conjunto Azucarero a traviesa una crisis financiera con una deuda de más de 100 mil millones de pesos.
El Deportivo Cali recibió otra mala noticia, que se adiciona a la derrota del equipo el lunes ante Fortaleza por la tercera fecha de la Liga Betplay II-2024, en la cual la Superintendencia de Sociedades le comunicó el lunes que es improcedente acceder al decreto 560 del 2020, para la reestructuración organizacional.
La Superintendencia precisó en una misiva dirigida a la institución Azucarera que “rechaza la solicitud de validación del acuerdo celebrado por la Asociación Deportivo Cali ante la Cámara de Comercio de Cali, remitida a este despacho mediante memorial 2024-01 -661051 de 22 de julio del 2024″.
De acuerdo con lo informado por la Superintendencia, el decreto 560 del 2020, al que quiso acceder el club Verdiblanco, ya no es viable debido a que la Corte Constitucional declaró inexequibles varios de sus artículos que prorrogaban el mismo.
El pasado 22 de julio del 2024, el Juzgado 15 Civil del Circuito de Oralidad de Cali remitió a la Superintendencia de Sociedades el proceso del acuerdo entre el Deportivo Cali y la Cámara de Comercio, por el decreto 560 del 2020, ya que es de competencia de esta entidad del gobierno.
Entre los argumentos que esgrime el Juzgado 15 están que:
- La Corte Constitucional, mediante sentencia C-390, del 3 de octubre del 2023, declaró inexequible el inciso 2 del artículo 96 de la Ley 2277 del 2022, que prorrogaba los decretos legislativos 560 y 772 de 2020.
- La Cámara de Comercio de Cali remitió el asunto a los Jueces Civiles del Circuito de Cali, en consideración a que la norma aplicable en este caso para conocer en esta jurisdicción, correspondía el artículo 6 concordante con el 84 de la Ley 1116 de 2006.
- Este despacho advierte que mediante memorial 2024-01-609322 de 2 de julio de 2024, el representante lega de la Asociación Deportivo Cali ha solicitado la promoción de un acuerdo de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999, cuya solicitud fue trasladada a la Delegatura de la Supervisión Societaria mediante memorando 2024-01-665226 de 22 de julio de 2024.
Ante estos y otros argumentos del Juzgado 15 Civil de Circuito de Cali, la Superintendencia de Sociedades resolvió que:
- Rechaza la solicitud de validación del acuerdo celebrado por la Asociación Deportivo Cali ante la Cámara de Comercio de Cali, remitida a este despacho mediante memorial 2024-01 -661051 de 22 de julio del 2024.
- Ordenar al Grupo de Apoyo Judicial, la entrega de los documentos aportados a la Asociación Deportivo Cali, si a ello hubiere lugar, sin necesidad de desglose, una vez ejecutoriada la presente providencia.
- Remitir copia del presente auto y de los memoriales 2024-01-619048 y 2024-01-661051 de 4 y 22 de julio de 2024, respectivamente, a la Delegatura de la Supervisión Societaria, para su conocimiento.
- Advertir a las partes que la orden relacionada con la entrega de documentos físicos será cumplida por el Grupo de Apoyo Judicial, atendiendo los protocolos diseñados para el efecto.
Ante esta situación, el grupo jurídico y asesor del Deportivo Cali, tendrá que empezar un nuevo proceso para entrar en la reorganización empresarial, con el fin de llegar a acuerdos económicos con proveedores, exempleados, entidades del Gobierno, entre otros, para aliviar la crisis financiera y tener flujo de caja.