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Corte Constitucional protege a los solteros sin hijos contra embargos; no importaría sus condiciones financieras

Así puede proteger su patrimonio.

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Conozca que dice La Ley.
Conozca qué dice la Ley en estos casos. | Foto: Agencia 123rf

20 de nov de 2025, 03:35 p. m.

Actualizado el 20 de nov de 2025, 03:35 p. m.

En Colombia, cuando no se paga una deuda las entidades financieras estatales o personas naturales afectadas pueden comenzar un proceso de embargo con el objetivo de garantizar que se cumpla con la obligación.

En algunos casos incluso se congelan los bienes o se buscan diferentes modalidades para que la obligación se cumpla. Por ello, de manera preventiva se pueden tomar diferentes decisiones antes de que un juez de la última palabra. En algunos casos se pueden embargar los bienes del deudor como terrenos, locales, comerciales o casas para pagar todas sus deudas y los intereses de las mismas.

Sin embargo, lo que muchas personas no saben es que hay un mecanismo para detener estos embargos a través de la figura legal del patrimonio familiar, para que no sean tocadas las propiedades familiares si su valor no supera los 250 salarios mínimos legales vigentes, incluyendo casas, lotes, fincas o apartamentos.

Llevar un presupuesto donde se prioricen las necesidades, evita deudas innecesarias
Es necesario conocer cuáles son los requisitos. | Foto: 123 Rf

De acuerdo con el artículo 3 de la ley 70 de 1931 “el patrimonio de familia no puede constituirse sino sobre el dominio pleno de un inmueble que no se posea con otra persona proindiviso, ni esté gravado con hipoteca, censo o anticresis”.

Este mecanismo tiene como objetivo que las personas que habitan en el inmueble o dependen del mismo no queden desprotegidas, estas pueden ser:

  • La pareja de esposos o compañeros permanentes y sus hijos. También aplica para compañeros permanentes o esposos del mismo sexo.
  • Madres o padres que sean cabezas de hogar.
  • Menores de 18 años hasta en segundo grado de consanguinidad, lo que quiere decir que aplica a hijos nietos o hermanos.

Aunque la ley protege a este grupo de población la corte constitucional también extendió este derecho a las personas solteras que no necesariamente viven con otras personas, ya que se aseguró que no se le puede negar la constitución del patrimonio de familia a quienes viven solos, porque eso sería discriminatorio.

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Así se pueden proteger los bienes. | Foto: 123RF

Según la sentencia C-107/17, “la Sala concluye que las normas acusadas incurren una discriminación injustificada, al omitir extender el acceso a la constitución del patrimonio de familia a las familias extensas, de crianza y las unipersonales, a pesar de que estos grupos humanos son sujeto de protección integral”.

Por ello el tribunal ratificó que las familias no solamente están constituidas por dos personas o más, sino que también pueden ser personas solteras y sin hijos, teniendo en cuenta que la familia unipersonal está establecida en la Constitución.

¿Cómo solicitar el patrimonio familiar?

Para proteger un patrimonio de un futuro embargo, la persona debe presentar la solicitud ante un notario a través de un documento en el que señale el nombre de quienes constituyen el hogar, los beneficiarios y el estado civil. Para ello se deben presentar los siguientes documentos:

El Código General del Proceso establece que solo la porción de un inmueble perteneciente al deudor puede ser objeto de embargo.
Puede llevar los documentos al notario. | Foto: agencia123rf
  • Certificado de tradición y libertad del bien sobre el cual se busca constituir el patrimonio familiar.
  • Copias de los documentos de identidad.
  • En caso de ser casado, adjuntar el certificado de matrimonio.
  • Si tiene hijos, presentar el registro civil.
  • Avalúo catastral o el recibo del impuesto predial.

Cabe resaltar que el notario va a disponer de 15 días hábiles para que las personas que quieran oponerse a la constitución de ese patrimonio familiar por los daños a los acreedores puedan hacerlo.

Comunicadora social de la Universidad Santiago de Cali. He sido reportera en temas étnicos, tengo experiencia como periodista comercial y judicial. Disfruto la moda, las tendencias y soy apasionada por la lectura, el café y las buenas historias.

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