Valle
Procuraduría sancionó a Hernando Benítez, exfuncionario del Municipio de Dagua, por anomalías en contrato de transporte escolar
Exgerente de Desarrollo Social y Comunitario tendrá que pagar un montó cercano a los $ 30 millones.

17 de jun de 2025, 06:59 p. m.
Actualizado el 17 de jun de 2025, 09:04 p. m.
Noticias Destacadas
La Procuraduría General de la Nación sancionó con siete meses de suspensión al exgerente de Desarrollo Social y Comunitario de Dagua Luis Hernando Benítez Arcos, por irregularidades en un contrato adjudicado para la prestación del servicio de transporte escolar para los estudiantes de ese municipio.
En fallo de primera instancia, el organismo de control, desde la Provincial de Juzgamiento de Cali, confirmó que el entonces funcionario omitió adelantar de manera oportuna el proceso de selección correspondiente, el cual debía iniciar el 24 de enero de 2022 (fecha de inicio de clases en el calendario escolar oficial) y no el 2 de mayo del mismo año (fecha de inicio del contrato de prestación de servicios).

En ese sentido, el Ministerio Público aseguró que la falta de previsión por parte del disciplinado afectó el acceso integral al derecho de educación de los alumnos, quienes no recibieron el servicio durante 98 días.
Además, según la Procuraduría, Luis Hernando Benítez vulneró con su actuación los principios de moralidad y eficacia, e incurrió en una falta disciplinaria que calificó de forma definitiva como grave a título de culpa.
Debido a que actualmente no está en el ejercicio del cargo, la sanción será convertida en salarios y tendrá que pagar un montó cercano a los $ 30 millones.
Esta semana también se conoció que el Ministerio Público suspendió al exsecretario de Obras Públicas de Calima-El Darién, Javier Alberto Londoño Tascón, por irregularidades contractuales en al menos dos negocios jurídicos celebrados el 6 y el 15 de mayo de 2023.
Seg¿un indicó el ente de control, el proceso contra el exfuncionario inició en 2024, cuando la Procuraduría Provincial de Instrucción de Buga indicó que él podría haber comprometido su responsabilidad disciplinaria al autorizar pagos sin disponer de los contratos escritos, teniendo en cuenta que quedaron suscritos con fechas posteriores al 2 del mayo, día en el que hubo registro de actividades.
Por ello, en un comunicado, determinó que Londoño Tascón señaló que Londoño Tascón “aparentemente no efectuó la comprobación y certificación de la efectiva y real ejecución y cumplimiento del objeto de los contratos, con lo que pudo quebrantar los principios de moralidad administrativa y de responsabilidad”.